V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2023-22357)
Anuncio de la Secretaría General de Transportes y Movilidad sobre la Orden Ministerial por la que se conceden las ayudas de la segunda convocatoria del programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. V-B. Pág. 36178
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
22357
Anuncio de la Secretaría General de Transportes y Movilidad sobre la
Orden Ministerial por la que se conceden las ayudas de la segunda
convocatoria del programa de ayudas a municipios para la implantación
de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del
transporte urbano, e n e l marco de l Plan de Re cupe ración,
Transformación y Re silie ncia.
Por Orden Ministerial de 17 de julio de 2023 se han concedido las ayudas de la
segunda convocatoria del programa para la implantación de zonas de bajas
emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a las entidades locales
incluidas en el Anexo I de dicha Orden, con la definición de las actuaciones
individuales a ejecutar, el importe máximo subvencionable para cada actuación y el
importe global otorgado.
En el Anexo III se relacionan las solicitudes desestimadas por agotamiento de
crédito, mientras que en el Anexo IV se especifican las actuaciones que forman
parte de solicitudes que han superado las fases de valoración de las ayudas, pero
no han sido subvencionadas individualmente.
En el Anexo V se relacionan las solicitudes desestimadas por no superar los
umbrales mínimos de puntuación establecidos en las bases reguladoras para las
distintas fases de valoración, mientras que en el Anexo VI se relacionan las
solicitudes inadmitidas por incumplimiento de los requisitos de elegibilidad
establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria, con indicación del
motivo de inadmisión.
El Anexo II de la Orden especifica las condiciones y términos de concesión y
aceptación de la ayuda que deberán asumir obligatoriamente los beneficiarios.
Se puede consultar la Orden y los Anexos en la Sede Electrónica del Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en el siguiente enlace:
https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/
OFICINAS_SECTORIALES/SUB_PRTR/segunda_edicion_zbe/
Madrid, 18 de julio de 2023.- La Secretaria General de Transportes y Movilidad,
María José Rallo del Olmo.
ID: A230028796-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2023-22357
Verificable en https://www.boe.es
Contra la Orden Ministerial de concesión de las ayudas podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses contados a partir del día
siguiente a esta publicación; o bien, con carácter previo a su interposición, podrá
efectuarse al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, dentro del
mismo plazo, el requerimiento a que se refiere el artículo 44 de la Ley 29/1998,
de13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Núm. 175
Lunes 24 de julio de 2023
Sec. V-B. Pág. 36178
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22357
Anuncio de la Secretaría General de Transportes y Movilidad sobre la
Orden Ministerial por la que se conceden las ayudas de la segunda
convocatoria del programa de ayudas a municipios para la implantación
de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del
transporte urbano, e n e l marco de l Plan de Re cupe ración,
Transformación y Re silie ncia.
Por Orden Ministerial de 17 de julio de 2023 se han concedido las ayudas de la
segunda convocatoria del programa para la implantación de zonas de bajas
emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a las entidades locales
incluidas en el Anexo I de dicha Orden, con la definición de las actuaciones
individuales a ejecutar, el importe máximo subvencionable para cada actuación y el
importe global otorgado.
En el Anexo III se relacionan las solicitudes desestimadas por agotamiento de
crédito, mientras que en el Anexo IV se especifican las actuaciones que forman
parte de solicitudes que han superado las fases de valoración de las ayudas, pero
no han sido subvencionadas individualmente.
En el Anexo V se relacionan las solicitudes desestimadas por no superar los
umbrales mínimos de puntuación establecidos en las bases reguladoras para las
distintas fases de valoración, mientras que en el Anexo VI se relacionan las
solicitudes inadmitidas por incumplimiento de los requisitos de elegibilidad
establecidos en las bases reguladoras y en la convocatoria, con indicación del
motivo de inadmisión.
El Anexo II de la Orden especifica las condiciones y términos de concesión y
aceptación de la ayuda que deberán asumir obligatoriamente los beneficiarios.
Se puede consultar la Orden y los Anexos en la Sede Electrónica del Ministerio
de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en el siguiente enlace:
https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/
OFICINAS_SECTORIALES/SUB_PRTR/segunda_edicion_zbe/
Madrid, 18 de julio de 2023.- La Secretaria General de Transportes y Movilidad,
María José Rallo del Olmo.
ID: A230028796-1
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cve: BOE-B-2023-22357
Verificable en https://www.boe.es
Contra la Orden Ministerial de concesión de las ayudas podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses contados a partir del día
siguiente a esta publicación; o bien, con carácter previo a su interposición, podrá
efectuarse al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, dentro del
mismo plazo, el requerimiento a que se refiere el artículo 44 de la Ley 29/1998,
de13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.