II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2023-16907)
Resolución de 18 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. II.B. Pág. 106525
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante a fin
de proceder a su exclusión. En caso de que el órgano convocante tenga conocimiento de
la toma posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en distinta Secretaría de
Estado o en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha
comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, el órgano
convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los
requisitos exigidos en la convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las
posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en las páginas web de este Departamento «www.mpt.gob.es».
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados
provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad en la
página web de este Departamento «www.mpt.gob.es» con la debida antelación.
Novena.
Publicidad de la valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de
valoración publicará en la página web de este Departamento «www.mpt.gob.es», los
listados provisionales de valoración de los méritos para cada puesto. En dichos listados
se establecerá un periodo de alegaciones de cinco días hábiles, a contar desde el día
siguiente a su publicación.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se
hubieran presentado alegaciones
Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría de Política
Territorial en un plazo máximo de seis meses, desde el día siguiente al de la finalización
de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo
que concurran las circunstancias expuestas en la base Tercera punto 2, en cuyo caso
podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o
indirectamente por estas circunstancias.
2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, Órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública
de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su
subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando
participen desde una situación distinta a la de servicio activo.
3. El personal militar de carrera que resulte adjudicatario de un puesto en este
concurso, una vez incorporado al mismo, pasará en el ámbito de las Fuerzas Armadas a
la situación administrativa de Servicio en la Administración Civil, regulada por los
artículos 107.1.g) y 113 bis de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar,
modificada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector
Público y otras medidas de reforma administrativa, siendo de aplicación a este personal
el régimen jurídico que se especifica en la Disposición Adicional Undécima del Texto
cve: BOE-A-2023-16907
Verificable en https://www.boe.es
Décima.
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. II.B. Pág. 106525
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante a fin
de proceder a su exclusión. En caso de que el órgano convocante tenga conocimiento de
la toma posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en distinta Secretaría de
Estado o en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha
comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, el órgano
convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los
requisitos exigidos en la convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las
posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en las páginas web de este Departamento «www.mpt.gob.es».
3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el
desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos
solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados
provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad en la
página web de este Departamento «www.mpt.gob.es» con la debida antelación.
Novena.
Publicidad de la valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de
valoración publicará en la página web de este Departamento «www.mpt.gob.es», los
listados provisionales de valoración de los méritos para cada puesto. En dichos listados
se establecerá un periodo de alegaciones de cinco días hábiles, a contar desde el día
siguiente a su publicación.
Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se
hubieran presentado alegaciones
Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría de Política
Territorial en un plazo máximo de seis meses, desde el día siguiente al de la finalización
de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo
que concurran las circunstancias expuestas en la base Tercera punto 2, en cuyo caso
podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o
indirectamente por estas circunstancias.
2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, Órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública
de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su
subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando
participen desde una situación distinta a la de servicio activo.
3. El personal militar de carrera que resulte adjudicatario de un puesto en este
concurso, una vez incorporado al mismo, pasará en el ámbito de las Fuerzas Armadas a
la situación administrativa de Servicio en la Administración Civil, regulada por los
artículos 107.1.g) y 113 bis de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar,
modificada por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector
Público y otras medidas de reforma administrativa, siendo de aplicación a este personal
el régimen jurídico que se especifica en la Disposición Adicional Undécima del Texto
cve: BOE-A-2023-16907
Verificable en https://www.boe.es
Décima.