III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-16937)
Resolución de 17 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., para colaborar en la realización del curso «La protección de los activos intangibles en el marco europeo».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 106875
divulgación y desarrollo del curso y con el objetivo común de garantizar los niveles
adecuados de excelencia, prestigio profesional y solvencia organizativa.
Segunda.
Obligaciones de cada una de las partes. Aspectos académicos.
I. Siempre dentro de las normas sobre estructura y organización de cursos vigentes
en la UIMP y de las pautas sobre contenidos presentadas por la OEPM en su propuesta,
y según se recoge en la descripción y objetivos del curso que se adjunta como anexo I,
la dirección académica se encargará de elaborar el programa del curso y propondrá los
profesores participantes.
La persona que se encargará de la dirección académica será la persona titular de la
Dirección de la OEPM.
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias, por causa de imprevistos o
por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por ambas instituciones a través de la
comisión de seguimiento del convenio.
II. La UIMP avalará académicamente este curso emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia de los alumnos.
Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a criterios de
admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
Tercera.
Obligaciones de cada una de las partes. Organización y gestión.
I. Para la organización y celebración del curso objeto de este convenio las partes
firmantes asumen los siguientes compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades docentes, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo
público, de:
En relación con las personas que se encarguen de la secretaría académica, todos los
conferenciantes y participantes en mesas redondas:
– Honorarios, según normativa de la UIMP.
– Alojamiento y manutención.
– Viajes y transfers.
– Servicio de traducción simultánea cuando sea necesaria.
– Publicidad de la celebración del curso dentro del plan general de publicidad de la
UIMP.
– Diseño y maquetación del programa y del resto del material promocional
(programas generales, web).
– Servicio de Secretaría de Alumnos.
– Información y matriculación de alumnos.
– Expedición de diplomas y certificaciones.
– Control de asistencias.
– Organización, en su caso, de actos de inauguración y/o clausura y otros actos
protocolarios.
cve: BOE-A-2023-16937
Verificable en https://www.boe.es
En relación con las personas que se encarguen de la dirección y secretaría
académica y conferenciantes y participantes en mesas redondas, hasta un total de 16
personas:
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 106875
divulgación y desarrollo del curso y con el objetivo común de garantizar los niveles
adecuados de excelencia, prestigio profesional y solvencia organizativa.
Segunda.
Obligaciones de cada una de las partes. Aspectos académicos.
I. Siempre dentro de las normas sobre estructura y organización de cursos vigentes
en la UIMP y de las pautas sobre contenidos presentadas por la OEPM en su propuesta,
y según se recoge en la descripción y objetivos del curso que se adjunta como anexo I,
la dirección académica se encargará de elaborar el programa del curso y propondrá los
profesores participantes.
La persona que se encargará de la dirección académica será la persona titular de la
Dirección de la OEPM.
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias, por causa de imprevistos o
por motivos de otra índole, deberán ser aprobadas por ambas instituciones a través de la
comisión de seguimiento del convenio.
II. La UIMP avalará académicamente este curso emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia de los alumnos.
Será competencia también de la UIMP toda la normativa relativa a criterios de
admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado.
Tercera.
Obligaciones de cada una de las partes. Organización y gestión.
I. Para la organización y celebración del curso objeto de este convenio las partes
firmantes asumen los siguientes compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades docentes, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre tarifas, procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo
público, de:
En relación con las personas que se encarguen de la secretaría académica, todos los
conferenciantes y participantes en mesas redondas:
– Honorarios, según normativa de la UIMP.
– Alojamiento y manutención.
– Viajes y transfers.
– Servicio de traducción simultánea cuando sea necesaria.
– Publicidad de la celebración del curso dentro del plan general de publicidad de la
UIMP.
– Diseño y maquetación del programa y del resto del material promocional
(programas generales, web).
– Servicio de Secretaría de Alumnos.
– Información y matriculación de alumnos.
– Expedición de diplomas y certificaciones.
– Control de asistencias.
– Organización, en su caso, de actos de inauguración y/o clausura y otros actos
protocolarios.
cve: BOE-A-2023-16937
Verificable en https://www.boe.es
En relación con las personas que se encarguen de la dirección y secretaría
académica y conferenciantes y participantes en mesas redondas, hasta un total de 16
personas: