III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-16938)
Resolución de 17 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y el Comisionado para el Mercado de Tabacos, O.A., en materia de vigilancia, inspección y control del mercado de tabacos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 106885
2022-2023
(euros)
2023-2024
(euros)
2024-2025
(euros)
Teniente.
25.574,94
26.086,44
26.608,17
27.140,33
Sub. Mayor.
24.919,14
25.417,52
25.925,87
26.444,39
Subteniente.
24.124,48
24.606,97
25.099,11
25.601,09
Brigada.
21.186,72
21.610,45
22.042,66
22.483,52
Cabo.
17.902,80
18.260,86
18.626,07
18.998,59
Guardia Civil.
17.898,88
18.256,86
18.621,99
18.994,43.»
«Puesto
2025-2026
(euros)
Asimismo, se modifica en consecuencia la tabla recogida en el apartado 3 del Anexo,
que queda redactado de la manera siguiente:
«Puesto
2022-2023
2023-2024
2024-2025
Comandante.
16
15
15
15
Capitán.
17
17
17
16
Teniente.
19
19
18
18
Sub. Mayor.
20
19
18
18
Subteniente.
20
20
19
19
Brigada.
23
23
22
22
Cabo.
27
27
26
26
Guardia Civil.
27
27
26
26.»
Segunda.
2025-2026
Vigencia.
La presente Adenda tendrá efectos desde su inscripción en el Registro estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector Público Estatal dentro de los 5 días
siguientes a su formalización. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del
Estado», en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015.
Tercera.
Afectación de la modificación al resto de las cláusulas del convenio.
El resto de las cláusulas del convenio original no sufren modificación alguna y el
ámbito y alcance de la colaboración se mantienen en los mismos términos y condiciones.
Cuarta.
Publicidad.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman electrónicamente la
presente adenda de modificación.–El Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez
Ruiz.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, O.A., Luis Gavira
Caballero.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-16938
Verificable en https://www.boe.es
Las partes prestan expresamente su consentimiento para que la presente adenda
tenga la publicidad exigida, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.1.b) de la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
Núm. 174
Sábado 22 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 106885
2022-2023
(euros)
2023-2024
(euros)
2024-2025
(euros)
Teniente.
25.574,94
26.086,44
26.608,17
27.140,33
Sub. Mayor.
24.919,14
25.417,52
25.925,87
26.444,39
Subteniente.
24.124,48
24.606,97
25.099,11
25.601,09
Brigada.
21.186,72
21.610,45
22.042,66
22.483,52
Cabo.
17.902,80
18.260,86
18.626,07
18.998,59
Guardia Civil.
17.898,88
18.256,86
18.621,99
18.994,43.»
«Puesto
2025-2026
(euros)
Asimismo, se modifica en consecuencia la tabla recogida en el apartado 3 del Anexo,
que queda redactado de la manera siguiente:
«Puesto
2022-2023
2023-2024
2024-2025
Comandante.
16
15
15
15
Capitán.
17
17
17
16
Teniente.
19
19
18
18
Sub. Mayor.
20
19
18
18
Subteniente.
20
20
19
19
Brigada.
23
23
22
22
Cabo.
27
27
26
26
Guardia Civil.
27
27
26
26.»
Segunda.
2025-2026
Vigencia.
La presente Adenda tendrá efectos desde su inscripción en el Registro estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector Público Estatal dentro de los 5 días
siguientes a su formalización. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del
Estado», en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015.
Tercera.
Afectación de la modificación al resto de las cláusulas del convenio.
El resto de las cláusulas del convenio original no sufren modificación alguna y el
ámbito y alcance de la colaboración se mantienen en los mismos términos y condiciones.
Cuarta.
Publicidad.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman electrónicamente la
presente adenda de modificación.–El Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez
Ruiz.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, O.A., Luis Gavira
Caballero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-16938
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Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.