III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2023-16942)
Resolución de 13 de julio de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de O Pereiro de Aguiar, sobre la financiación, ejecución y entrega de las mejoras del saneamiento en el núcleo de A Medorra, en O Pereiro de Aguiar (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Sábado 22 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 107206

3. De acuerdo con lo anterior, la cofinanciación de la obra se realizará de
conformidad con la siguiente fórmula:
– La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. aportará 152.000,00 euros del
coste inicialmente previsto, lo que supone un porcentaje del 80 % de la inversión.
– El Ayuntamiento de O Pereiro de Aguiar aportará 38.000,00 euros del coste
inicialmente previsto, con cargo a su aplicación presupuestaria 160.721-00 lo que
supone un porcentaje del 20% de la inversión.
4. Con cargo al importe previsto en el apartado primero, la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. afrontará tanto el coste de redacción del proyecto, como
de ejecución de la obra, dirección y vigilancia de la misma, además de los gastos
correspondientes a las medidas de seguridad y salud.
Quinta. Anualidades y aportaciones.
1. La financiación de las actuaciones objeto de cofinanciación descritas en la
cláusula segunda, cuyo importe total se estima en 190.000 € (IVA incluido), se distribuye
según lo previsto en el cuadro que figura como Anexo al presente documento.
No obstante, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover
y aprobar posibles reajustes de anualidades de pagos en función de la evolución de la
ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente convenio,
siempre que estos no supongan un incremento económico global del mismo, ni del plazo
del mismo.
2. Las aportaciones del Ayuntamiento de O Pereiro de Aguiar se materializarán
mediante la transferencia de los fondos precisos a la Confederación Hidrográfica del
Miño-Sil, O.A. previa certificación por esta de los gastos incurridos (fase contable O).
3. El importe de los gastos certificados será ingresado en los plazos establecidos
en la normativa presupuestaria y tributaria vigente, procediendo las acciones oportunas
por parte del Organismo de cuenca en caso contrario, incluido el recurso a la vía
ejecutiva. Se ingresarán en la cuenta que el organismo de cuenca tiene abierta en el
Banco de España: 9000 0022 10 0200001328.
4. El impago de estos importes en los plazos establecidos generará una deuda de
derecho público que será exigible de acuerdo con lo establecido en las Leyes y el
Reglamento General de Recaudación, en particular, en la disposición adicional cuarta del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Sexta. Tramitación de los expedientes de contratación.
La Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., licitará, adjudicará y gestionará los
contratos de la obra, servicios y cualesquiera otros necesarios para la ejecución del
presente convenio, hasta la terminación definitiva de las obras.
Entrega y recepción de las actuaciones.

1. Una vez finalizadas y recibidas las obras por parte de la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., se comunicará al Ayuntamiento de O Pereiro de Aguiar
tal circunstancia, adjuntando una copia del acta de recepción, siendo entregadas para su
uso público a este último para su gestión, mantenimiento y conservación.
2. Al tratarse de una actuación que es instrumento para el ejercicio de
competencias municipales, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. realizará la
operación patrimonial de transmisión del pleno dominio de la infraestructura, mediante
una cesión gratuita de las previstas en el artículo 147 de la Ley 33/2003, de 3 de
noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), previo informe de la
Dirección General del Patrimonio del Estado, del modo indicado en el exponendo

cve: BOE-A-2023-16942
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Séptima.