III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidades autónomas. Convenios. (BOE-A-2023-16947)
Resolución de 12 de julio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la realización de un curso de incapacidad temporal para médicos asistenciales en la modalidad on-line.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Sábado 22 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 107244

emitidas y enviadas por la UAH una vez finalizada cada una de las ediciones del curso.
Las facturas recogerán los siguientes conceptos:
– Coste del curso: 250 euros por alumno.
– Coste por expedición y registro del certificado de los alumnos que hayan superado
el curso: 60,62 euros por alumno.
– Envío del certificado al domicilio de los alumnos que hayan superado el curso: 20
euros por alumno.
– De no inscribirse en la acción formativa el total de plazas asignadas a cada una de
las Comunidades Autónomas e INGESA, estas deberán abonar a la UAH un canon
equivalente a 25 euros por cada una de las plazas no matriculadas, en concepto de
cobertura de gastos mínimos por la celebración de las distintas ediciones del curso,
salvo que se produjera su cobertura mediante la selección de nuevos asistentes
procedentes de las restantes Consejerías de Sanidad/Salud de las Comunidades
Autónomas o INGESA que hubieran propuesto un número de alumnos mayor que el
inicialmente asignado, conforme a lo señalado a continuación.
Quinta.

Inscripción de alumnos y abono de la actividad formativa.

1. En el supuesto de que las Comunidades Autónomas e INGESA comuniquen un
número de alumnos inferior al número de asistentes asignados, se seguirán las
siguientes actuaciones:
Si el Servicio Andaluz de Salud de la Consejería de Salud y Consumo de la
Comunidad Autónoma de Andalucía presentara un número inicial de participantes inferior
al inicialmente asignado en este convenio, los directores de la acción formativa sólo
podrán seleccionar nuevos asistentes procedentes de las restantes Consejerías de
Sanidad/Salud de las Comunidades Autónomas o INGESA participantes en el curso, a
fin de cubrir las bajas producidas, entre los inicialmente propuestos por cada Comunidad
Autónoma o INGESA, utilizando para ello los siguientes criterios de asignación de
vacantes: en primer lugar, se atenderá a la incorporación de candidatos de todas las
Consejerías de Sanidad/Salud o INGESA que hayan presentado un mayor número de
solicitudes de participación que las asignadas; en segundo lugar, se atenderá a la fecha
de presentación de la solicitud.
Si aplicando los anteriores criterios de asignación de vacantes, no se consiguiera
completar las plazas disponibles en el curso, el INSS podrá solicitar nuevamente una
nueva propuesta de alumnos a las Comunidades Autónomas e INGESA atendiendo
nuevamente a los criterios de selección anteriormente expuestos.

Finalizada cada una de las ediciones de la actividad formativa, la UAH remitirá una
factura a la al Servicio Andaluz de Salud, de la Consejería de Salud y Consumo de la
Comunidad Autónoma de Andalucía en la que se indicará el importe total a satisfacer por
los alumnos matriculados, la expedición del certificado de los alumnos que hayan
superado el curso y su envío a estos, así como el importe derivado del canon a
satisfacer como consecuencia de las plazas no matriculadas de las inicialmente
asignadas, si hubiera lugar a ello.
El Servicio Andaluz de Salud de la Consejería de Salud y Consumo de la Comunidad
Autónoma de Andalucía procederá a efectuar el pago de la factura recibida en el plazo
de 15 días hábiles siguientes a la fecha de recepción de la factura. De no efectuar el
pago en el plazo señalado anteriormente, la UAH se dirigirá nuevamente al Servicio
Andaluz de Salud de la Consejería de Salud y Consumo Comunidad Autónoma de
Andalucía, reclamando el pago de la factura en el plazo de 10 días hábiles siguientes a
la fecha de recepción de esta reclamación.

cve: BOE-A-2023-16947
Verificable en https://www.boe.es

2. El pago de la actividad formativa prevista en este convenio se efectuará
conforme a las siguientes actuaciones: