III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-16941)
Resolución de 12 de julio de 2023, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se publica el Convenio con la Junta de Castilla y León y el Ayuntamiento de El Espinar, para la creación de un centro de información del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama y su área de influencia socioeconómica, en la casa forestal de Los Cerrillos Redondos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Sábado 22 de julio de 2023
Duodécima.
digital.

Sec. III. Pág. 107200

Cumplimiento de hitos y objetivos, y contribución al objetivo climático y/o

Las actuaciones que se ejecuten en virtud de este convenio darán cumplimiento al
objetivo «Actuaciones de conservación de la biodiversidad» previsto en la medida C4.I2
«Conservación de la biodiversidad terrestre y marina», número 69, del Anexo Revisado
de la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del
Plan de Recuperación y Resiliencia de España, consistente en desarrollar actuaciones
destinadas a crear, renovar y mejorar las instalaciones e infraestructuras asociadas a la
gestión del patrimonio natural y, en particular, a la mejora de las zonas protegidas (Red
Natura 2000 y espacios naturales protegidos).
Las actuaciones de dotación, construcción o rehabilitación de infraestructuras
asociadas a la conservación de la biodiversidad, bien para su gestión o bien para
contribuir a su difusión o al uso público de los espacios naturales, como es el caso, no
llevan asociado ningún hito o indicador cuantitativo concreto de cumplimiento ni
contribuyen directamente a los mismos, si bien, al encuadrarse en la medida C4.I2, su
ejecución acompaña de alguna manera al citado hito establecido para dicha línea de
inversión, consistente en la ejecución de 50.000 ha de actuaciones de conservación de
la biodiversidad para el año 2026.
En este sentido cabe reseñar que el período de ejecución previsto para la presente
actuación se inicia en 2023 y finaliza en 2026, por lo que su marco temporal encaja
perfectamente con el de las actuaciones adscritas a dicha medida C4.I2, que deberían
concluir en dicho año de 2026.
Asimismo, de acuerdo con el Documento de trabajo de los servicios de la Comisión
«Análisis del plan de recuperación y resiliencia de España, que acompaña a la Decisión
de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de
Recuperación y Resiliencia de España» y la «Guía para el diseño y desarrollo de
actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio
ambiente» desarrollada por el MITERD, la medida C4.I2 dispone de un campo de
intervención (050) con reconocimiento a contribución climática y medioambiental.
En este sentido, se garantizará el cumplimiento del etiquetado climático indicado
para esta medida del 40%, así como del 100% del etiquetado medioambiental.
Decimotercera.

Naturaleza y jurisdicción.

Y, en prueba de conformidad, las partes suscriben de manera electrónica el presente
convenio, en la fecha y el lugar indicados.–La Presidenta del Organismo Autónomo
Parques Nacionales, P. D. (Orden APM/126/2018, de 5 de febrero), el Vicepresidente del
Organismo Autónomo Parques Nacionales, Hugo Morán Fernández.–El Consejero de
Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León,
Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.–El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de El
Espinar, Javier Figueredo Soto.

cve: BOE-A-2023-16941
Verificable en https://www.boe.es

Este convenio es de naturaleza administrativa y está incluido en los definidos en el
artículo 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
La resolución de las diferencias de interpretación y cumplimiento que pudieran surgir
en su ejecución corresponderá a la comisión de seguimiento.
En defecto de acuerdo serán resueltas conforme a lo previsto en la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.