I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2023-16889)
Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Sábado 22 de julio de 2023
Sección 2.ª

Sec. I. Pág. 106269

Exenciones.

Artículo 131. Exención del periodo de formación en empresa u organismo
equiparado.
Sección 3.ª

Equivalencias.

Artículo 132.
Artículo 133.
Artículo 134.
Sección 4.ª

Marco de equivalencias.
Efectos de las equivalencias.
Procedimiento y resolución de equivalencias.
Homologaciones.

Artículo 135.
Artículo 136.

Supuestos de homologación.
Procedimiento y criterios de resolución.

Título III. Acreditaciones, certificaciones y títulos de Formación Profesional.
Capítulo I.

Aspectos generales.

Artículo 137.
Artículo 138.
Artículo 139.

Acreditaciones, certificados y titulaciones de Formación Profesional.
Certificaciones académicas.
Forma y contenido de las certificaciones académicas.

Capítulo II. Vías de obtención.
Artículo 140. Vías para la obtención de los títulos.
Artículo 141. Pruebas libres para la superación de módulos profesionales incluidos
en títulos de Técnico y Técnico Superior.
Artículo 142. Requisitos para participar en las pruebas.
Capítulo III. Validez y efectos.
Artículo 143. Efectos generales.
Artículo 144. Acreditación parcial de competencia.
Artículo 145. Certificado de competencia.
Artículo 146. Certificado profesional.
Artículo 147. Títulos de Técnico Básico, Técnico y Técnico Superior.
Artículo 148. Acceso a enseñanzas universitarias oficiales de grado para personas
tituladas en Formación Profesional de grado superior.
Capítulo IV.

Registro y expedición.

Artículo 149.

Registro.

Artículo 150.

Expedición.

Artículo 151. Reglas generales.
Artículo 152. Identificación de empresas y organismos equiparados.
Artículo 153. Finalidades de la fase de formación en la empresa u organismo
equiparado y compromisos y derechos de los implicados.
Artículo 154. Organización de las estancias de formación en empresa u organismo
equiparado.
Artículo 155. Asignación del alumnado para la formación en empresa u organismo
equiparado.
Artículo 156. Formalización de los periodos de formación en empresa.
Artículo 157. Plan de formación.

cve: BOE-A-2023-16889
Verificable en https://www.boe.es

Título IV. Formación en empresa u organismo equiparado.