II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Destinos. (BOE-A-2023-16826)
Resolución de 7 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 25 de mayo de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173
Viernes 21 de julio de 2023
Sec. II.A. Pág. 105690
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
16826
Resolución de 7 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve
la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 25 de
mayo de 2023.
Por Resolución de 25 de mayo de 2023 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de junio)
se anunció convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, puesto
de trabajo en este Departamento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b)
y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función
Pública.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 54 del Reglamento General de ingreso
del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de
puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo; el día 3 de julio se emitió informe motivado por parte de la Vicesecretaría General
Técnica en relación al puesto de Consejero Técnico/Consejera Técnica. En el citado
informe se especifican tanto los criterios de interés general elegidos como prioritarios
para decidir el nombramiento, como los méritos y capacidades que la candidata
propuesta reúne para el desempeño del puesto de trabajo.
Acreditada la observancia del procedimiento establecido en el título III, capítulo III,
del citado reglamento, así como el cumplimiento por parte de los/as candidatos/as de los
requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, esta Subsecretaría, en uso de
las atribuciones conferidas por el artículo 63.1.n de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, resuelve la referida convocatoria como a
continuación se indica:
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe,
potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el
mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes (artículo 123 y 124 de Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas) o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente en el plazo de dos
meses (artículos 10.1.i, 14.1 Segunda y 46.1, de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Madrid, 7 de julio de 2023.–El Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, Jesús Manuel Gómez García
cve: BOE-A-2023-16826
Verificable en https://www.boe.es
Se adjudica el puesto a la funcionaria y en los términos que se expresan en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48, al que remite el 57, del Reglamento General antes citado.
Núm. 173
Viernes 21 de julio de 2023
Sec. II.A. Pág. 105690
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
16826
Resolución de 7 de julio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se resuelve
la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 25 de
mayo de 2023.
Por Resolución de 25 de mayo de 2023 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de junio)
se anunció convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, puesto
de trabajo en este Departamento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b)
y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función
Pública.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 54 del Reglamento General de ingreso
del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de
puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo; el día 3 de julio se emitió informe motivado por parte de la Vicesecretaría General
Técnica en relación al puesto de Consejero Técnico/Consejera Técnica. En el citado
informe se especifican tanto los criterios de interés general elegidos como prioritarios
para decidir el nombramiento, como los méritos y capacidades que la candidata
propuesta reúne para el desempeño del puesto de trabajo.
Acreditada la observancia del procedimiento establecido en el título III, capítulo III,
del citado reglamento, así como el cumplimiento por parte de los/as candidatos/as de los
requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, esta Subsecretaría, en uso de
las atribuciones conferidas por el artículo 63.1.n de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, resuelve la referida convocatoria como a
continuación se indica:
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe,
potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el
mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes (artículo 123 y 124 de Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas) o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente en el plazo de dos
meses (artículos 10.1.i, 14.1 Segunda y 46.1, de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Madrid, 7 de julio de 2023.–El Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda
Urbana, Jesús Manuel Gómez García
cve: BOE-A-2023-16826
Verificable en https://www.boe.es
Se adjudica el puesto a la funcionaria y en los términos que se expresan en el anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48, al que remite el 57, del Reglamento General antes citado.