III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-16781)
Resolución de 18 de julio de 2023, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio con la Asociación para la Defensa de la Naturaleza, para la consolidación de la participación del Ministerio en el proyecto Life Iberconejo relacionado con la recuperación del conejo ibérico de monte en la Península Ibérica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 20 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 104991
Alimentación (MAPA), y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, corresponde a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios,
a través de la Subdirección General de Producciones Ganaderas y Cinegéticas, la
Subdirección General de Cultivos Herbáceos e Industriales y Aceite de Oliva, y de la
Subdirección General de Frutas, Hortalizas y Vitivinicultura, las competencias en materia
de producción agrícola y ganadera, medios de producción y ordenación sectorial de
producciones agrarias, la ordenación y funcionamiento de los mercados agrarios, la
coordinación de la actividad cinegética; así como la cooperación con las comunidades
autónomas y las entidades más representativas del sector en las materias anteriores.
Por otro lado, de acuerdo con el artículo 4, corresponde a la Dirección General de
Sanidad de la Producción Agraria, a través de la Subdirección General de Sanidad e
Higiene Animal y Trazabilidad, el desarrollo de competencias en materia de sanidad
vegetal y animal, y el control oficial de la producción agraria, destinadas a garantizar la
sanidad animal, así como cooperar con las comunidades autónomas y con las entidades
más representativas del sector en las materias antes señaladas, entre otras.
Igualmente, de acuerdo con el artículo 10.6. a través de la Subsecretaría, queda
adscrita al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Entidad Estatal de Seguros
Agrarios, O.A. (ENESA). Según establece el Real Decreto 2329/1979, de 14 de
septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 87/1978,
de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios combinados, corresponde a ENESA, entre
otros, realizar los estudios necesarios sobre los daños ocasionados a las producciones
agrarias, los medios de prevención de riesgos y los de investigación que sean
necesarios para su cobertura.
2. El Comité de Caza, órgano colegiado del MAPA, lleva a cabo la coordinación con
las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas en la referida materia. Su
labor de coordinación técnica es especialmente relevante bajo la consideración de que la
caza es competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas conforme se establece
en el artículo 148.1.11.ª de la Constitución española.
3. La Asociación para la Defensa de la Naturaleza, WWF/ADENA (WWF España),
es una asociación sin ánimo de lucro, declarada de utilidad pública, inscrita en el
Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, con el número
nacional 7855, no gubernamental, independiente, dedicada a la defensa de la naturaleza
y el medio ambiente, que forma parte, como organización nacional, de World Wide Fund,
World Wildlife Fund o Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF), entre cuyos fines se
encuentra conservar y restaurar la biodiversidad, la lucha contra el cambio climático, la
defensa de la naturaleza y asegurar el uso sostenible de los recursos naturales.
Con esta finalidad, de acuerdo con lo dispuesto en sus Estatutos, entre otras
actividades, promoverá, financiará, elaborará y cooperará en la realización de todo tipo
de investigaciones o proyectos relacionados con la diversidad genética de especies y
ecosistemas y la conservación de la naturaleza y procesos ecológicos del mundo.
Asimismo, colaborará con los diversos actores que persigan objetivos similares.
4. La Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la
conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, teniendo en cuenta
que, en el territorio europeo de los Estados miembros, los hábitats naturales siguen
degradándose y que un número creciente de especies silvestres están gravemente
amenazadas dispone que es necesario tomar medidas a nivel comunitario a fin de
conservarlos.
5. En los últimos años se viene registrando un declive poblacional en determinadas
especies cinegéticas, tales como el conejo ibérico de monte, lo que podría estar
motivado por los cambios en los usos del suelo y la aparición de epidemias, tales como
la mixomatosis o la enfermedad hemorrágica del conejo.
Por ello, con relación a esta situación, WWF España lidera un proyecto que cuenta
con financiación de la Unión Europea, LIFE Iberconejo, encaminado a la mejora del
estado de las poblaciones ibéricas de conejo, constituyendo una estructura ibérica de
cve: BOE-A-2023-16781
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 172
Jueves 20 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 104991
Alimentación (MAPA), y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales, corresponde a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios,
a través de la Subdirección General de Producciones Ganaderas y Cinegéticas, la
Subdirección General de Cultivos Herbáceos e Industriales y Aceite de Oliva, y de la
Subdirección General de Frutas, Hortalizas y Vitivinicultura, las competencias en materia
de producción agrícola y ganadera, medios de producción y ordenación sectorial de
producciones agrarias, la ordenación y funcionamiento de los mercados agrarios, la
coordinación de la actividad cinegética; así como la cooperación con las comunidades
autónomas y las entidades más representativas del sector en las materias anteriores.
Por otro lado, de acuerdo con el artículo 4, corresponde a la Dirección General de
Sanidad de la Producción Agraria, a través de la Subdirección General de Sanidad e
Higiene Animal y Trazabilidad, el desarrollo de competencias en materia de sanidad
vegetal y animal, y el control oficial de la producción agraria, destinadas a garantizar la
sanidad animal, así como cooperar con las comunidades autónomas y con las entidades
más representativas del sector en las materias antes señaladas, entre otras.
Igualmente, de acuerdo con el artículo 10.6. a través de la Subsecretaría, queda
adscrita al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Entidad Estatal de Seguros
Agrarios, O.A. (ENESA). Según establece el Real Decreto 2329/1979, de 14 de
septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para aplicación de la Ley 87/1978,
de 28 de diciembre, sobre Seguros Agrarios combinados, corresponde a ENESA, entre
otros, realizar los estudios necesarios sobre los daños ocasionados a las producciones
agrarias, los medios de prevención de riesgos y los de investigación que sean
necesarios para su cobertura.
2. El Comité de Caza, órgano colegiado del MAPA, lleva a cabo la coordinación con
las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas en la referida materia. Su
labor de coordinación técnica es especialmente relevante bajo la consideración de que la
caza es competencia exclusiva de las Comunidades Autónomas conforme se establece
en el artículo 148.1.11.ª de la Constitución española.
3. La Asociación para la Defensa de la Naturaleza, WWF/ADENA (WWF España),
es una asociación sin ánimo de lucro, declarada de utilidad pública, inscrita en el
Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, con el número
nacional 7855, no gubernamental, independiente, dedicada a la defensa de la naturaleza
y el medio ambiente, que forma parte, como organización nacional, de World Wide Fund,
World Wildlife Fund o Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF), entre cuyos fines se
encuentra conservar y restaurar la biodiversidad, la lucha contra el cambio climático, la
defensa de la naturaleza y asegurar el uso sostenible de los recursos naturales.
Con esta finalidad, de acuerdo con lo dispuesto en sus Estatutos, entre otras
actividades, promoverá, financiará, elaborará y cooperará en la realización de todo tipo
de investigaciones o proyectos relacionados con la diversidad genética de especies y
ecosistemas y la conservación de la naturaleza y procesos ecológicos del mundo.
Asimismo, colaborará con los diversos actores que persigan objetivos similares.
4. La Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la
conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, teniendo en cuenta
que, en el territorio europeo de los Estados miembros, los hábitats naturales siguen
degradándose y que un número creciente de especies silvestres están gravemente
amenazadas dispone que es necesario tomar medidas a nivel comunitario a fin de
conservarlos.
5. En los últimos años se viene registrando un declive poblacional en determinadas
especies cinegéticas, tales como el conejo ibérico de monte, lo que podría estar
motivado por los cambios en los usos del suelo y la aparición de epidemias, tales como
la mixomatosis o la enfermedad hemorrágica del conejo.
Por ello, con relación a esta situación, WWF España lidera un proyecto que cuenta
con financiación de la Unión Europea, LIFE Iberconejo, encaminado a la mejora del
estado de las poblaciones ibéricas de conejo, constituyendo una estructura ibérica de
cve: BOE-A-2023-16781
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Núm. 172