III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-16792)
Resolución de 10 de julio de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Green Capital Development V, SLU, de autorización administrativa previa del parque eólico Marmica, de 108 MW de potencia instalada y de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Burgos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172
Jueves 20 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 105096
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16792
Resolución de 10 de julio de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Green Capital
Development V, SLU, de autorización administrativa previa del parque eólico
Marmica, de 108 MW de potencia instalada y de su infraestructura de
evacuación, en la provincia de Burgos.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Green Capital Development V, SLU, solicita, con fecha 18 de enero de 2021,
autorización administrativa previa del parque eólico Marmica, de 108 MW de potencia
instalada, junto con su infraestructura de evacuación, consistente en la subestación
eléctrica transformadora (SET) PE Marmica 30/220 kV, la SET Fuerga 30/220 kV y la
línea eléctrica a 220 kV LAAT SET PE Marmica – SET PE Fuerga, en los términos
municipales de Ibeas de Juarros, San Adrián de Juarros, Arlanzón, Villasur de Herreros,
Arraya de Oca, Villafranca de Montes de Oca, Cerratón de Juarros, Alcocero de Mola,
Castil de Peones, Reinoso, Briviesca, Salinillas de Bureba, Quintanabureba, Piérnigas,
Llano de Bureba, Los Barrios de Bureba, Oña, Merindad de Valdivielso, Merindad de
Cuesta-Urria, Trespaderne y Valle de Tobalina, en la provincia de Burgos (en adelante
también, el proyecto).
Segundo.
Admisión a trámite.
Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Esta Dirección General da traslado del expediente a la Dependencia del Área de
Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos, como órgano
competente para la tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo
dispuesto en el artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
cve: BOE-A-2023-16792
Verificable en https://www.boe.es
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de planta eólica Marmica y su infraestructura de evacuación, en la provincia
de Burgos, había sido presentada y admitida a trámite.
Con fecha 3 de febrero de 2021 se dictó Acuerdo de acumulación para la tramitación
conjunta relativa a los expedientes de autorización administrativa previa de los parques
eólicos Marmica de 108 MW y Fuerga de 102 MWp y sus infraestructuras de evacuación
asociadas, en la provincia de Burgos.
Núm. 172
Jueves 20 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 105096
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16792
Resolución de 10 de julio de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Green Capital
Development V, SLU, de autorización administrativa previa del parque eólico
Marmica, de 108 MW de potencia instalada y de su infraestructura de
evacuación, en la provincia de Burgos.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de
diciembre, del Sector Eléctrico y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Director General
de Política Energética y Minas en base a los siguientes
I.
Primero.
Hechos
Solicitud de autorización administrativa previa.
Green Capital Development V, SLU, solicita, con fecha 18 de enero de 2021,
autorización administrativa previa del parque eólico Marmica, de 108 MW de potencia
instalada, junto con su infraestructura de evacuación, consistente en la subestación
eléctrica transformadora (SET) PE Marmica 30/220 kV, la SET Fuerga 30/220 kV y la
línea eléctrica a 220 kV LAAT SET PE Marmica – SET PE Fuerga, en los términos
municipales de Ibeas de Juarros, San Adrián de Juarros, Arlanzón, Villasur de Herreros,
Arraya de Oca, Villafranca de Montes de Oca, Cerratón de Juarros, Alcocero de Mola,
Castil de Peones, Reinoso, Briviesca, Salinillas de Bureba, Quintanabureba, Piérnigas,
Llano de Bureba, Los Barrios de Bureba, Oña, Merindad de Valdivielso, Merindad de
Cuesta-Urria, Trespaderne y Valle de Tobalina, en la provincia de Burgos (en adelante
también, el proyecto).
Segundo.
Admisión a trámite.
Tercero. Tramitación de la solicitud conforme al Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Esta Dirección General da traslado del expediente a la Dependencia del Área de
Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Burgos, como órgano
competente para la tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo
dispuesto en el artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, acompañada del proyecto y estudio de impacto ambiental se
cve: BOE-A-2023-16792
Verificable en https://www.boe.es
Esta Dirección General acreditó que la solicitud de autorización administrativa previa
del proyecto de planta eólica Marmica y su infraestructura de evacuación, en la provincia
de Burgos, había sido presentada y admitida a trámite.
Con fecha 3 de febrero de 2021 se dictó Acuerdo de acumulación para la tramitación
conjunta relativa a los expedientes de autorización administrativa previa de los parques
eólicos Marmica de 108 MW y Fuerga de 102 MWp y sus infraestructuras de evacuación
asociadas, en la provincia de Burgos.