III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Seguridad Social. (BOE-A-2023-16806)
Resolución de 10 de julio de 2023, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, por la que se modifica el modelo 1 del Anexo de la Resolución de 9 de junio de 2022, por la que se establecen los términos para la aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores por cuenta ajena de las empresas asociadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172
Jueves 20 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 105436
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
Resolución de 10 de julio de 2023, de la Dirección General de Ordenación de
la Seguridad Social, por la que se modifica el modelo 1 del Anexo de la
Resolución de 9 de junio de 2022, por la que se establecen los términos para
la aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los
coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad
temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores por cuenta
ajena de las empresas asociadas.
La Resolución de 9 de junio de 2022, de la Dirección General de Ordenación de la
Seguridad Social, por la que se establecieron los términos para la aplicación a las
mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes a los que se refería el
artículo 24.1 de la Orden PCM/244/2022, de 30 de marzo, concretó en su anexo el
contenido de los modelos 1 a 7 a cumplimentar por las mutuas colaboradoras con la
Seguridad Social en relación con la aplicación de tales coeficientes.
Por otra parte, la Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre, por la que se
desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo,
protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional
para el ejercicio 2021, que entró en vigor el 1 de septiembre de 2021, estableció en su
artículo 23.1 los nuevos coeficientes generales y adicionales para la gestión de la
prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes
aplicables a partir de la fecha de entrada en vigor.
Como consecuencia del establecimiento de nuevos coeficientes desde 1 de
septiembre de 2021, y teniendo en cuenta el efecto que la aplicación de la nueva
fracción de cuota a partir de 1 de septiembre de 2021 ha tenido en las mutuas para la
realización de la liquidación correspondiente al ámbito de la gestión de las contingencias
comunes, tanto en el ejercicio 2021, como en el siguiente ejercicio 2022, resulta
necesario adecuar el contenido de uno de los modelos del anexo de la citada Resolución
de 9 de junio de 2022 a la situación contable que se produjo en el ejercicio 2022.
El modelo cuyo contenido resulta afectado por esa situación es el identificado como 1
en el anexo de aquella resolución, en el que es necesario incorporar una serie de
aclaraciones sobre la información que figura en el mismo con el fin de que se tenga en
cuenta el importe de la diferencia existente entre las cuotas estimadas de determinados
meses del año 2021 aplicando la nueva fracción de cuota a la que se ha hecho
referencia, que no se cobraron en ese ejercicio, y las que fueron efectivamente cobradas
en el ejercicio siguiente 2022; diferencia que financieramente resultó anulada en las
cuentas anuales del ejercicio 2022.
En consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas a esta Dirección General de
Ordenación de la Seguridad Social por el artículo 24.1 de la Orden PCM/244/2022, de 30
de marzo y en relación con lo dispuesto en la Resolución de 9 de junio de 2022, esta
Dirección General resuelve lo siguiente:
Apartado único.
Se modifica el modelo 1 del anexo de la Resolución de 9 de junio de 2022, que se
incluye como anexo de esta resolución y que sustituye al anterior, el cual se habrá de
cve: BOE-A-2023-16806
Verificable en https://www.boe.es
16806
Núm. 172
Jueves 20 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 105436
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
Resolución de 10 de julio de 2023, de la Dirección General de Ordenación de
la Seguridad Social, por la que se modifica el modelo 1 del Anexo de la
Resolución de 9 de junio de 2022, por la que se establecen los términos para
la aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los
coeficientes para la gestión de la prestación económica de incapacidad
temporal derivada de contingencias comunes de los trabajadores por cuenta
ajena de las empresas asociadas.
La Resolución de 9 de junio de 2022, de la Dirección General de Ordenación de la
Seguridad Social, por la que se establecieron los términos para la aplicación a las
mutuas colaboradoras con la Seguridad Social de los coeficientes a los que se refería el
artículo 24.1 de la Orden PCM/244/2022, de 30 de marzo, concretó en su anexo el
contenido de los modelos 1 a 7 a cumplimentar por las mutuas colaboradoras con la
Seguridad Social en relación con la aplicación de tales coeficientes.
Por otra parte, la Orden PCM/1353/2021, de 2 de diciembre, por la que se
desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo,
protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional
para el ejercicio 2021, que entró en vigor el 1 de septiembre de 2021, estableció en su
artículo 23.1 los nuevos coeficientes generales y adicionales para la gestión de la
prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes
aplicables a partir de la fecha de entrada en vigor.
Como consecuencia del establecimiento de nuevos coeficientes desde 1 de
septiembre de 2021, y teniendo en cuenta el efecto que la aplicación de la nueva
fracción de cuota a partir de 1 de septiembre de 2021 ha tenido en las mutuas para la
realización de la liquidación correspondiente al ámbito de la gestión de las contingencias
comunes, tanto en el ejercicio 2021, como en el siguiente ejercicio 2022, resulta
necesario adecuar el contenido de uno de los modelos del anexo de la citada Resolución
de 9 de junio de 2022 a la situación contable que se produjo en el ejercicio 2022.
El modelo cuyo contenido resulta afectado por esa situación es el identificado como 1
en el anexo de aquella resolución, en el que es necesario incorporar una serie de
aclaraciones sobre la información que figura en el mismo con el fin de que se tenga en
cuenta el importe de la diferencia existente entre las cuotas estimadas de determinados
meses del año 2021 aplicando la nueva fracción de cuota a la que se ha hecho
referencia, que no se cobraron en ese ejercicio, y las que fueron efectivamente cobradas
en el ejercicio siguiente 2022; diferencia que financieramente resultó anulada en las
cuentas anuales del ejercicio 2022.
En consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas a esta Dirección General de
Ordenación de la Seguridad Social por el artículo 24.1 de la Orden PCM/244/2022, de 30
de marzo y en relación con lo dispuesto en la Resolución de 9 de junio de 2022, esta
Dirección General resuelve lo siguiente:
Apartado único.
Se modifica el modelo 1 del anexo de la Resolución de 9 de junio de 2022, que se
incluye como anexo de esta resolución y que sustituye al anterior, el cual se habrá de
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