III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Premios. (BOE-A-2023-16797)
Orden DSA/819/2023, de 11 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Activistas por el futuro: una España mejor con la Agenda 2030 para el reconocimiento de actuaciones y buenas prácticas para la aplicación de la Agenda 2030.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 172

Jueves 20 de julio de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
Orden DSA/819/2023, de 11 de julio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de los Premios Activistas por el futuro: una
España mejor con la Agenda 2030 para el reconocimiento de actuaciones y
buenas prácticas para la aplicación de la Agenda 2030.

El Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura
orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, y se modifica el
Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales, recoge en su artículo 1 que se adscribe al
Departamento la Secretaría de Estado para la Agenda 2030, disponiendo en el
artículo 6.2 que le corresponde promover la implementación de la Agenda 2030 en
España a través del impulso a la actividad y contribución de la sociedad civil organizada,
el sector privado y otros actores comprometidos con ella.
El objeto de la presente orden es regular los Premios Activistas por el futuro: una
España mejor con la Agenda 2030 para el reconocimiento de actuaciones y buenas
prácticas para la aplicación de la Agenda 2030, con el fin de contribuir a la distinción de
iniciativas, proyectos y buenas prácticas que generen impacto social, económico y
medioambiental, promoviendo la implementación y realización de la Agenda 2030 y los
Objetivos de Desarrollo Sostenible.
La presentación de las candidaturas se llevará a cabo por entidades públicas o
privadas relacionadas con el objeto de los premios, por lo que, al no mediar solicitud
previa del interesado, estos premios están excluidos del ámbito de aplicación de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tal como dispone su
artículo 4.a). No obstante, estos premios serán regulados, convocados y gestionados de
acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no
discriminación.
La competencia del Estado en la materia deriva de lo dispuesto en el
artículo 149.1.1.ª de la Constitución española, según el cual corresponde al Estado la
competencia exclusiva sobre la regulación de las condiciones básicas que garanticen la
igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de
los deberes constitucionales
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta orden se
adecúa a los principios de buena regulación, en concreto, responde a los principios de
necesidad y eficacia, al existir razones de interés general dirigidas al reconocimiento e
implementación de la Agenda 2030 en España y por ser, además, un instrumento
adecuado para garantizar la consecución de los fines perseguidos. Se ajusta al principio
de proporcionalidad, pues contiene la regulación imprescindible para atender a la
necesidad expuesta. Asimismo, se garantiza el principio de seguridad jurídica, ya que es
coherente con el marco normativo general. En cuanto al principio de transparencia,
identifica claramente su propósito y la memoria, accesible a la ciudadanía, ofrece una
explicación completa de su contenido.
Esta orden ha sido informada previamente por la Abogacía del Estado y la
Intervención Delegada en el departamento.

cve: BOE-A-2023-16797
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