V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2023-22117)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental de aprobación del expediente de información pública y definitivamente el proyecto trazado: "Construcción de glorietas y reordenación de accesos en la N-340 entre los PP.KK 73 al 85. T.M Tarifa, Provincia de Cádiz". Clave: 39-CA-4470.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 20 de julio de 2023
Sec. V-B. Pág. 35734
siguientes prescripciones que son el resultado de la admisión de alegaciones
presentadas en el procedimiento de información pública:
1. Se estudiará con todo detalle la modificación del trazado de la vía de servicio
3, vía de servicio 5 y vía de servicio 8, adosándolas al tronco de la carretera N-340,
disminuyendo el ancho de la terciana hasta el mínimo estricto para alojar los
sistemas de contención necesarios para separar dicho tronco de la vías de
servicio, incluso desplazando el eje actual del tronco de la carretera N-340 si fuese
necesario, de tal manera que se minimicen las afecciones a las parcelas
colindantes y sobre todo se evite la afección directa a las edificaciones existentes.
2. Se definirá en detalle el trazado de la senda ciclable dando continuidad a los
itinerarios existentes. Además, deberá quedar definido quién será el organismo
encargado de su conservación.
3. Se analizará con detalle la capacidad hidráulica de las obras de drenaje
transversal existentes y proyectadas, verificando su idoneidad o valorando la
necesidad de ampliación.
4. Se revisará el acceso previsto a la vía de servicio 8 desde la glorieta 6
ubicándolo a una distancia de la misma que permita realizar con seguridad la
incorporación a dicha vía de servicio sin provocar afecciones a la carretera CA9210.
5. Se dotará de acceso al negocio ubicado en las fincas 21 y 87 desde la vía
de servicio 3.
6. Se estudiará la creación de un acceso adicional a la finca nº 32 que permita
realizar el flujo de vehículos en condiciones de seguridad.
7. Se revisará la reposición de la tubería de abastecimiento en la parcela nº33,
minimizando la afección producida sobre dicha finca y los edificios existentes.
8. Se modificará el acceso a la finca nº 65 en la glorieta 6 con el fin de
disminuir la afección a la misma.
9. Se unificarán los dos accesos previstos a la finca nº 73 ubicándolo de tal
manera que permita acceder a la finca en cuestión sin afectar a la correcta
explotación de la misma.
10. Se estudiará la necesidad de inclusión de canalizaciones bajo las nuevas
infraestructuras en el entorno de las glorietas, en provisión para futuras
necesidades de cruzamientos de líneas eléctricas o redes de telecomunicaciones
11. En el correspondiente expediente de expropiación forzosa, se revisará la
titularidad de los terrenos expropiados y se llevará a cabo su adecuada valoración
e indemnización.
12. Se incluirá un estudio lumínico de las glorietas conforme a la normativa en
vigor, de forma que sean compatibles los requerimientos técnicos con la
disminución del efecto nocivo sobre la biodiversidad o no se instalará iluminación
artificial en caso de incompatibilidad.
13. Se incluirá una actividad arqueológica preventiva de control de los
movimientos de tierra para la correcta protección del Patrimonio Arqueológico en el
ámbito del proyecto.
cve: BOE-B-2023-22117
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 172
Jueves 20 de julio de 2023
Sec. V-B. Pág. 35734
siguientes prescripciones que son el resultado de la admisión de alegaciones
presentadas en el procedimiento de información pública:
1. Se estudiará con todo detalle la modificación del trazado de la vía de servicio
3, vía de servicio 5 y vía de servicio 8, adosándolas al tronco de la carretera N-340,
disminuyendo el ancho de la terciana hasta el mínimo estricto para alojar los
sistemas de contención necesarios para separar dicho tronco de la vías de
servicio, incluso desplazando el eje actual del tronco de la carretera N-340 si fuese
necesario, de tal manera que se minimicen las afecciones a las parcelas
colindantes y sobre todo se evite la afección directa a las edificaciones existentes.
2. Se definirá en detalle el trazado de la senda ciclable dando continuidad a los
itinerarios existentes. Además, deberá quedar definido quién será el organismo
encargado de su conservación.
3. Se analizará con detalle la capacidad hidráulica de las obras de drenaje
transversal existentes y proyectadas, verificando su idoneidad o valorando la
necesidad de ampliación.
4. Se revisará el acceso previsto a la vía de servicio 8 desde la glorieta 6
ubicándolo a una distancia de la misma que permita realizar con seguridad la
incorporación a dicha vía de servicio sin provocar afecciones a la carretera CA9210.
5. Se dotará de acceso al negocio ubicado en las fincas 21 y 87 desde la vía
de servicio 3.
6. Se estudiará la creación de un acceso adicional a la finca nº 32 que permita
realizar el flujo de vehículos en condiciones de seguridad.
7. Se revisará la reposición de la tubería de abastecimiento en la parcela nº33,
minimizando la afección producida sobre dicha finca y los edificios existentes.
8. Se modificará el acceso a la finca nº 65 en la glorieta 6 con el fin de
disminuir la afección a la misma.
9. Se unificarán los dos accesos previstos a la finca nº 73 ubicándolo de tal
manera que permita acceder a la finca en cuestión sin afectar a la correcta
explotación de la misma.
10. Se estudiará la necesidad de inclusión de canalizaciones bajo las nuevas
infraestructuras en el entorno de las glorietas, en provisión para futuras
necesidades de cruzamientos de líneas eléctricas o redes de telecomunicaciones
11. En el correspondiente expediente de expropiación forzosa, se revisará la
titularidad de los terrenos expropiados y se llevará a cabo su adecuada valoración
e indemnización.
12. Se incluirá un estudio lumínico de las glorietas conforme a la normativa en
vigor, de forma que sean compatibles los requerimientos técnicos con la
disminución del efecto nocivo sobre la biodiversidad o no se instalará iluminación
artificial en caso de incompatibilidad.
13. Se incluirá una actividad arqueológica preventiva de control de los
movimientos de tierra para la correcta protección del Patrimonio Arqueológico en el
ámbito del proyecto.
cve: BOE-B-2023-22117
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 172