III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Denominaciones de origen. (BOE-A-2023-16212)
Resolución de 23 de junio de 2023, del Instituto Catalán de la Viña y el Vino, por la que se resuelve favorablemente la modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida Tarragona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Miércoles 12 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 101552
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
16212
Resolución de 23 de junio de 2023, del Instituto Catalán de la Viña y el Vino,
por la que se resuelve favorablemente la modificación del pliego de
condiciones de la Denominación de Origen Protegida Tarragona.
En fecha 27 de marzo de 2023, se ha publicado en el DOGC número 8883 y en el
BOE número 73, respectivamente, la Resolución de la directora general del Instituto
Catalán de la Viña y el Vino, de 2 de marzo de 2023, mediante la que se dio publicidad a
la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen
Protegida Tarragona y se inicia el trámite de oposición por un plazo de dos meses.
Finalizado el trámite de oposición, no se ha presentado ningún escrito ni alegación, y,
en consecuencia, procede resolver favorablemente la modificación del pliego de
condiciones de la Denominación de Origen Protegida Tarragona.
En virtud del artículo 26.7 de la Ley 2/2020, de 5 de marzo, de la vitivinicultura,
procede publicar esta resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en
el «Boletín Oficial del Estado».
En consecuencia, y en virtud de las atribuciones que me han sido
conferidas, resuelvo:
Primero.
Adoptar la decisión favorable a la modificación del pliego de condiciones de la
Denominación de Origen Protegida Tarragona.
Segundo.
Publicar esta resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el
«Boletín Oficial del Estado».
Tercero.
Dar publicidad al pliego de condiciones modificado de la Denominación de Origen
Protegida Tarragona, que se puede consultar en la página web del INCAVI y en el
siguiente enlace:
https://incavi.gencat.cat/.content/005-normativa/plecs-condicions-do-catalanes/
Arxius-plecs/Plec-de-condicions-DO-Tarragona-amb-control-de-canvis-23.pdf
Enviar el expediente de la modificación del pliego de condiciones solicitada al
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a efectos de su remisión a la Comisión
Europea, de acuerdo con el artículo 15.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre,
por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción
de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas en el
registro comunitario y su oposición.
Vilafranca del Penedès, 23 de junio de 2023.–La Directora General del Instituto
Catalán de la Viña y el Vino, Alba Balcells Barril.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-16212
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 165
Miércoles 12 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 101552
III. OTRAS DISPOSICIONES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
16212
Resolución de 23 de junio de 2023, del Instituto Catalán de la Viña y el Vino,
por la que se resuelve favorablemente la modificación del pliego de
condiciones de la Denominación de Origen Protegida Tarragona.
En fecha 27 de marzo de 2023, se ha publicado en el DOGC número 8883 y en el
BOE número 73, respectivamente, la Resolución de la directora general del Instituto
Catalán de la Viña y el Vino, de 2 de marzo de 2023, mediante la que se dio publicidad a
la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen
Protegida Tarragona y se inicia el trámite de oposición por un plazo de dos meses.
Finalizado el trámite de oposición, no se ha presentado ningún escrito ni alegación, y,
en consecuencia, procede resolver favorablemente la modificación del pliego de
condiciones de la Denominación de Origen Protegida Tarragona.
En virtud del artículo 26.7 de la Ley 2/2020, de 5 de marzo, de la vitivinicultura,
procede publicar esta resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en
el «Boletín Oficial del Estado».
En consecuencia, y en virtud de las atribuciones que me han sido
conferidas, resuelvo:
Primero.
Adoptar la decisión favorable a la modificación del pliego de condiciones de la
Denominación de Origen Protegida Tarragona.
Segundo.
Publicar esta resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el
«Boletín Oficial del Estado».
Tercero.
Dar publicidad al pliego de condiciones modificado de la Denominación de Origen
Protegida Tarragona, que se puede consultar en la página web del INCAVI y en el
siguiente enlace:
https://incavi.gencat.cat/.content/005-normativa/plecs-condicions-do-catalanes/
Arxius-plecs/Plec-de-condicions-DO-Tarragona-amb-control-de-canvis-23.pdf
Enviar el expediente de la modificación del pliego de condiciones solicitada al
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a efectos de su remisión a la Comisión
Europea, de acuerdo con el artículo 15.2 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre,
por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción
de las denominaciones de origen protegidas e indicaciones geográficas protegidas en el
registro comunitario y su oposición.
Vilafranca del Penedès, 23 de junio de 2023.–La Directora General del Instituto
Catalán de la Viña y el Vino, Alba Balcells Barril.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-16212
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.