II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2023-16125)
Resolución de 5 de julio de 2023, de la Universidad Carlos III de Madrid, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala Administrativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 11 de julio de 2023
Sec. II.B. Pág. 100970
perteneciente a cuerpos o escalas con nivel de titulación igual o superior al exigido para
el acceso a esta escala. Se designará un número igual de suplentes.
6.3 Tanto titulares como suplentes serán nombrados por el Rector, procurando la
presencia equilibrada de hombres y mujeres conforme a lo establecido en el artículo 60
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y el II Plan de Igualdad de la
Universidad Carlos III de Madrid aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de octubre
de 2017.
6.4 De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
de indemnizaciones por razones del servicio, el Tribunal tendrá la categoría segunda.
6.5 Las personas integrantes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir,
notificando al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las
circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación
de esta convocatoria. La presidencia podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias de abstención o
recusación.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurran algunas de las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
6.6 Previa convocatoria de la presidencia del Tribunal, se constituirá éste con la
asistencia del presidente/a y del secretario/a o, en su caso, de quienes los sustituyan, y
la de la mitad, al menos, de sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una
antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer ejercicio. En dicha
sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
6.7 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá de la
presencia del presidente/a y secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la
mitad, al menos, de sus miembros, sean titulares o suplentes.
6.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid, C/ Madrid, 126, de Getafe 28903 (Madrid), Servicio de Recursos Humanos y Organización, o en la dirección de
correo electrónico selecpas@pa.uc3m.es
6.9 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que puedan
surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos
no previstos. En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
6.10 El Tribunal adoptará discrecionalmente las medidas necesarias precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las personas aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el
resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con
discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su
realización, debiendo cumplimentarse para ello el anexo IV de esta convocatoria.
Séptima. Calendario y desarrollo de los ejercicios.
7.1 El orden de actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que sea
necesario, se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la
letra «M», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 14 de marzo de 2023,
de la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por la que se
hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de
actuación de los aspirantes en los procesos selectivos.
cve: BOE-A-2023-16125
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 164
Martes 11 de julio de 2023
Sec. II.B. Pág. 100970
perteneciente a cuerpos o escalas con nivel de titulación igual o superior al exigido para
el acceso a esta escala. Se designará un número igual de suplentes.
6.3 Tanto titulares como suplentes serán nombrados por el Rector, procurando la
presencia equilibrada de hombres y mujeres conforme a lo establecido en el artículo 60
del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y el II Plan de Igualdad de la
Universidad Carlos III de Madrid aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de octubre
de 2017.
6.4 De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
de indemnizaciones por razones del servicio, el Tribunal tendrá la categoría segunda.
6.5 Las personas integrantes del Tribunal deberán abstenerse de intervenir,
notificando al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las
circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación
de esta convocatoria. La presidencia podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias de abstención o
recusación.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando
concurran algunas de las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
6.6 Previa convocatoria de la presidencia del Tribunal, se constituirá éste con la
asistencia del presidente/a y del secretario/a o, en su caso, de quienes los sustituyan, y
la de la mitad, al menos, de sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una
antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer ejercicio. En dicha
sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al
correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
6.7 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá de la
presencia del presidente/a y secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la
mitad, al menos, de sus miembros, sean titulares o suplentes.
6.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en el Rectorado de la Universidad Carlos III de Madrid, C/ Madrid, 126, de Getafe 28903 (Madrid), Servicio de Recursos Humanos y Organización, o en la dirección de
correo electrónico selecpas@pa.uc3m.es
6.9 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que puedan
surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos
no previstos. En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
6.10 El Tribunal adoptará discrecionalmente las medidas necesarias precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que las personas aspirantes con
discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el
resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con
discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su
realización, debiendo cumplimentarse para ello el anexo IV de esta convocatoria.
Séptima. Calendario y desarrollo de los ejercicios.
7.1 El orden de actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que sea
necesario, se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la
letra «M», de conformidad con lo establecido en la Resolución de 14 de marzo de 2023,
de la Dirección General de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por la que se
hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de
actuación de los aspirantes en los procesos selectivos.
cve: BOE-A-2023-16125
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Núm. 164