III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-16153)
Resolución de 17 de mayo de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Omacha, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Martes 11 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 101116

– Descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y
departamentos de la entidad a los que ha estado asignado.
– Valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias
adquiridos en relación con los estudios universitarios que cursa.
– Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su resolución.
– Identificación de las aportaciones que, en materia de aprendizaje, han supuesto
las prácticas.
– Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora.
III. El tutor académico de la UIMP, a la vista del informe del tutor de la Fundación
Omacha y de la memoria final presentada por el estudiante, evaluará las prácticas
cumplimentando el correspondiente informe de valoración.
IV. La UIMP emitirá, a solicitud del estudiante, y a la vista del informe de valoración
de su tutor, un documento acreditativo de las mismas, que contendrá al menos los
siguientes aspectos:






Titular del documento.
Entidad donde se realizaron las prácticas.
Descripción de la práctica especificando su duración y fechas de realización.
Actividades realizadas.
Aquellos otros que la UIMP considere convenientes.

Décima. Bolsa o ayuda al estudio.
En concepto de bolsa o ayuda al estudio, la Fundación Omacha podrá, si lo
considera oportuno, conceder a cada alumno participante en el programa una cantidad
mensual que dependerá del curso académico del alumno, de su dedicación horaria y del
tiempo de duración de la práctica. El importe, si lo hubiera, se recogerá en el anexo de
formalización de la práctica.
Undécima.

Gastos de gestión del programa de prácticas por la UIMP.

La UIMP renuncia a percibir de la Fundación Omacha cantidad alguna en concepto
de gastos vinculados a la gestión de los programas de prácticas cualquiera que sea la
modalidad de estas.
Finalización anticipada de las prácticas.

I. La UIMP se reserva la facultad de dar por finalizada una práctica por
incumplimiento por parte de la Fundación Omacha de alguno de los compromisos
adquiridos en este convenio y sus anexos.
Asimismo, la UIMP podrá solicitar la finalización de un periodo de prácticas en caso
de que su tutor académico valore que las actividades que se están desarrollando no
corresponden con lo pactado en el proyecto formativo y por tanto no son útiles para el
desarrollo de las capacidades y competencias curriculares del alumno, sin que este
hecho haya podido ser solucionado a través de la oportuna coordinación y comunicación
con el tutor designado por la Fundación Omacha para dicha práctica. La UIMP deberá
notificar este hecho a la Fundación Omacha, quien podrá reorganizar las tareas del
alumno o dar por finalizada la práctica en el plazo de 10 días desde la recepción de la
notificación.
II. La Fundación Omacha podrá, por su parte, dar por finalizada, para un
determinado alumno o grupo de alumnos, la participación en el programa por
incumplimiento de las cláusulas establecidas en el presente convenio y en sus anexos, o
vulneración de las normas que, en relación con la realización de las actividades
programadas, estén, en cada caso, vigentes (faltas de puntualidad o de asistencia,
incorrecto comportamiento, manifiesta falta de adecuación entre las tareas a realizar y la
formación y aptitudes del alumno, actitud negativa o inapropiada del alumno, falta del

cve: BOE-A-2023-16153
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Duodécima.