V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2023-21356)
Extracto de la Resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes (CSD) de 7 de julio de 2023, por la que se convocan ayudas para la protección social de los deportistas de alto nivel y el apoyo a los deportistas que participen en competiciones internacionales representando a España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Martes 11 de julio de 2023

Sec. V-B. Pág. 34187

siguiente desglose:
Subconcepto 01 "A federaciones deportivas españolas, para cotizaciones a la
Seguridad Social de los deportistas de alto nivel", hasta 3.000.000 €.
Subconcepto 02 "A federaciones deportivas españolas, para ayudas a
deportistas que representen a España en competiciones internacionales", un
mínimo de 16.000.000 €, que irán dirigidos a:
Ayudas del Programa "Becas CSD Team España".
Ayudas para deportistas españoles por resultados deportivos.
Ayudas a deportistas para complementar el proyecto deportivo con el objetivo
de mejorar su rendimiento en los próximos Juegos Olímpicos y Paralímpicos.
Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.
Las solicitudes deberán presentarse desde el día siguiente de la publicación
del extracto de la resolución en el BOE hasta el 31 de agosto del 2023.
En virtud de lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del LPACAP, las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de
la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes (https://sede.csd.gob.es),
concretamente desde el trámite: "688019 - Ayudas para la protección social de los
deportistas alto nivel y para participación en competiciones internacionales" y
deberán estar firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo
dispuesto en la citada Ley, en todo caso por el Presidente de la Federaciones
Deportivas Españolas o bien por el representante legal autorizado mediante poder
notarial o disposición estatutaria de la respectiva Federaciones Deportivas
Españolas.
Las solicitudes deberán estar firmadas mediante firma electrónica avanzada,
acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la citada Ley 39/2015 y deberá
acompañarse de los documentos y anexos expresados en la convocatoria.
Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.
El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes,
conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de
junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.

La justificación de las ayudas concedidas de acuerdo con la presente
convocatoria se realizará en el periodo comprendido desde el 1 enero del 2024
hasta el 31 de marzo del 2024. Esta justificación se hará conforme con lo previsto
en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de
diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
subvenciones y ayudas por el CSD y con lo establecido en la "Guía", e incluirá los
gastos financiados con esta subvención CSD a lo largo del periodo
subvencionable.

cve: BOE-B-2023-21356
Verificable en https://www.boe.es

El pago de las subvenciones que se concedan en virtud de la presente
Resolución tendrá carácter de pago anticipado y se podrá efectuar de una sola
vez.