III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-15993)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, Sección Cuarta, de fecha 10 de noviembre de 2022, que ha devenido firme.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Lunes 10 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 99931

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
15993

Resolución de 9 de junio de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el
artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de
Murcia, Sección Cuarta, de fecha 10 de noviembre de 2022, que ha devenido
firme.

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección
General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la sentencia
de la Audiencia Provincial de Murcia, Sección Cuarta, de fecha 10 de noviembre
de 2022, que ha devenido firme.
En el recurso de apelación número 808/2021, seguido ante la Audiencia Provincial de
Murcia, Sección Cuarta, interpuesto por la Abogacía del Estado, en nombre y
representación de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, contra la
sentencia, de fecha 2 de febrero de 2021, dictada en los autos de juicio verbal
número 789/2018, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 14 de Murcia,
que estimó la demanda presentada por don P. A. B., procurador de los tribunales, en
nombre y representación de la entidad «Sociedad Agraria de Transformación El Cuervo
núm. 9838-MU», frente a la Resolución de la Dirección General de los Registros y del
Notariado de fecha 16 de febrero de 2018 (2.ª), por la que se desestimaba el recurso
interpuesto por don G. G. R., abogado, en nombre y representación de la citada entidad
demandante, contra la calificación extendida por la registradora de la Propiedad de Lorca
número 1, doña Miren Karmele Monforte Duart, relativa a un testimonio de decreto de
adjudicación dictado en procedimiento de ejecución hipotecaria al que se acompañaba el
correspondiente mandamiento de cancelación, y se revocaba dicha Resolución,
FALLAMOS
Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la Sra. Abogada del
Estado, en representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado,
contra la sentencia de 2 de febrero de 2021, dictada por el Juzgado de Primera Instancia
núm. 14 de Murcia, en autos de Juicio Verbal núm. 789/2018 de los que dimana este
rollo –núm. 808/2021–, debemos confirmar y confirmamos dicha resolución, imponiendo
a la apelante el pago de las costas de esta alzada.
Así por esta nuestra sentencia, de la que se llevará testimonio al rollo de Sala, lo
pronunciamos, mandamos y firmamos. Don Carlos Moreno Millán, presidente, don Juan
Martínez Pérez y don Juan Antonio Jover Coy, magistrados de la Audiencia Provincial de
Murcia.

cve: BOE-A-2023-15993
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Madrid, 9 de junio de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X