III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2023-16059)
Resolución de 30 de junio de 2023, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Fundación del Sector Público Estatal Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas Carlos III, el Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, la Sociedad Española de Biotecnología y la Fundación Instituto Roche, para la realización del Máster en Bioinformática y Ciencia de Datos en Medicina Personalizada de Precisión y Salud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 100287
De otra parte, doña M.ª José Hernáiz Gómez-Degano, como Presidente de la
Sociedad Española de Biotecnología (en adelante, SEBiot), elegido en Asamblea
General Extraordinaria, celebrada el 14 de Febrero de 2023, de dicha Sociedad, con CIF
G80210537 y con domicilio social en la calle Serrano, 119, Madrid, en calidad de
representante legal de SEBiot, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de los
Estatutos de esta Sociedad.
De otra parte, don Mateo Valero Cortés, como Director del Barcelona Supercomputing
Center-Centro Nacional de Supercomputación (en adelante, BSC-CNS) con CIF S0800099D y
domicilio en la calle Jordi Girona 31, 08034 Barcelona, cargo que ostenta en virtud de la
renovación de su nombramiento por el Consejo Rector del BSC-CNS en la reunión
celebrada el día 17 de diciembre de 2019 y en virtud de las competencias atribuidas al
Director en el artículo 15.i) de los Estatutos de este Consorcio.
Y de otra parte, doña Consuelo Martín de Dios y don Federico Plaza Piñol, en calidad
de representantes legales acreditados que actúan en nombre y representación de la
Fundación Instituto Roche (en adelante, la Fundación), constituida con fecha 24 de
noviembre de 2003, ante el notario de Madrid don Andrés de la Fuente O’Connor, bajo el
número 3.222 de su protocolo, inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de
Educación y Ciencia con núm. 714, con NIF G-83826487 y con domicilio social en la
calle Ribera del Loira, 50, 28042 Madrid.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal y legitimación con que
intervienen para la formalización del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que el ISCIII es un Organismo Público de Investigación que asume la
planificación, fomento y coordinación de la investigación y la innovación biomédica y
sanitaria.
2. Que, como organismo proveedor y asesor en materia de formación y educación
sanitaria, ofrece la formación, perfeccionamiento y especialización del personal en el
campo de la salud, de la administración y gestión sanitaria, así como el desarrollo de
disciplinas metodológicas, ciencias sociales y económicas aplicadas a la salud.
3. Que el ISCIII, a través de la Escuela Nacional de Sanidad (en adelante, ENS),
desarrolla actividades formativas en los campos de salud pública, administración
sanitaria y disciplinas afines, tanto para la capacitación de los profesionales en ciencias
de la salud como en su formación continuada, asume el impulso de la investigación
aplicada a nivel nacional y promueve la difusión del conocimiento en temas de salud
pública y de cooperación al desarrollo e investigación aplicada, en colaboración con las
administraciones y sociedades científicas.
4. Que la disposición adicional tercera de la Ley 14/2007 de 3 de julio, de
Investigación biomédica, establece que la ENS, del ISCIII, podrá impartir cursos de
postgrado en Salud en el marco del «Espacio Europeo de Educación Superior».
5. Que la FSP CNIO tiene como fines, de acuerdo con el artículo quinto de sus
Estatutos vigentes, el fomento de la investigación oncológica y la consiguiente promoción
de los avances científicos y sanitarios en el área oncológica. Constituye, a su vez, una
finalidad particular de la FSP CNIO el desarrollo de programas de actividad docente.
Como consecuencia de sus limitaciones inherentes como centro de investigación es
necesario que la FSP CNIO establezca convenios con otras instituciones u organismos
públicos y privados con el objetivo de reunir capacidades complementarias que aporten
un valor añadido a la formación de estudiantes y profesionales en el ámbito de la salud
en general y de la oncología en particular.
6. Que el Consorcio BSC-CNS se constituye como una entidad de derecho público
integrada por la Administración General del Estado, por la Administración de la
Generalidad de Cataluña y por la Universidad Politécnica de Cataluña y creada mediante
convenio de colaboración de fecha 9 de marzo de 2015 para la gestión y promoción de la
cve: BOE-A-2023-16059
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
Sec. III. Pág. 100287
De otra parte, doña M.ª José Hernáiz Gómez-Degano, como Presidente de la
Sociedad Española de Biotecnología (en adelante, SEBiot), elegido en Asamblea
General Extraordinaria, celebrada el 14 de Febrero de 2023, de dicha Sociedad, con CIF
G80210537 y con domicilio social en la calle Serrano, 119, Madrid, en calidad de
representante legal de SEBiot, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de los
Estatutos de esta Sociedad.
De otra parte, don Mateo Valero Cortés, como Director del Barcelona Supercomputing
Center-Centro Nacional de Supercomputación (en adelante, BSC-CNS) con CIF S0800099D y
domicilio en la calle Jordi Girona 31, 08034 Barcelona, cargo que ostenta en virtud de la
renovación de su nombramiento por el Consejo Rector del BSC-CNS en la reunión
celebrada el día 17 de diciembre de 2019 y en virtud de las competencias atribuidas al
Director en el artículo 15.i) de los Estatutos de este Consorcio.
Y de otra parte, doña Consuelo Martín de Dios y don Federico Plaza Piñol, en calidad
de representantes legales acreditados que actúan en nombre y representación de la
Fundación Instituto Roche (en adelante, la Fundación), constituida con fecha 24 de
noviembre de 2003, ante el notario de Madrid don Andrés de la Fuente O’Connor, bajo el
número 3.222 de su protocolo, inscrita en el Registro de Fundaciones del Ministerio de
Educación y Ciencia con núm. 714, con NIF G-83826487 y con domicilio social en la
calle Ribera del Loira, 50, 28042 Madrid.
Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal y legitimación con que
intervienen para la formalización del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que el ISCIII es un Organismo Público de Investigación que asume la
planificación, fomento y coordinación de la investigación y la innovación biomédica y
sanitaria.
2. Que, como organismo proveedor y asesor en materia de formación y educación
sanitaria, ofrece la formación, perfeccionamiento y especialización del personal en el
campo de la salud, de la administración y gestión sanitaria, así como el desarrollo de
disciplinas metodológicas, ciencias sociales y económicas aplicadas a la salud.
3. Que el ISCIII, a través de la Escuela Nacional de Sanidad (en adelante, ENS),
desarrolla actividades formativas en los campos de salud pública, administración
sanitaria y disciplinas afines, tanto para la capacitación de los profesionales en ciencias
de la salud como en su formación continuada, asume el impulso de la investigación
aplicada a nivel nacional y promueve la difusión del conocimiento en temas de salud
pública y de cooperación al desarrollo e investigación aplicada, en colaboración con las
administraciones y sociedades científicas.
4. Que la disposición adicional tercera de la Ley 14/2007 de 3 de julio, de
Investigación biomédica, establece que la ENS, del ISCIII, podrá impartir cursos de
postgrado en Salud en el marco del «Espacio Europeo de Educación Superior».
5. Que la FSP CNIO tiene como fines, de acuerdo con el artículo quinto de sus
Estatutos vigentes, el fomento de la investigación oncológica y la consiguiente promoción
de los avances científicos y sanitarios en el área oncológica. Constituye, a su vez, una
finalidad particular de la FSP CNIO el desarrollo de programas de actividad docente.
Como consecuencia de sus limitaciones inherentes como centro de investigación es
necesario que la FSP CNIO establezca convenios con otras instituciones u organismos
públicos y privados con el objetivo de reunir capacidades complementarias que aporten
un valor añadido a la formación de estudiantes y profesionales en el ámbito de la salud
en general y de la oncología en particular.
6. Que el Consorcio BSC-CNS se constituye como una entidad de derecho público
integrada por la Administración General del Estado, por la Administración de la
Generalidad de Cataluña y por la Universidad Politécnica de Cataluña y creada mediante
convenio de colaboración de fecha 9 de marzo de 2015 para la gestión y promoción de la
cve: BOE-A-2023-16059
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163