II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-15986)
Resolución de 30 de junio de 2023, conjunta de la Universidad de Santiago de Compostela y el Servicio Gallego de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 10 de julio de 2023
5.
Sec. II.B. Pág. 99857
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en un plazo máximo de diez
días hábiles, el Vicerrectorado de Profesorado publicará en el tablón electrónico de la
USC (https://sede.usc.es/sede/publica/taboleiro/inicio.htm) una resolución que apruebe la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
5.2 Contra esta resolución, y en un plazo máximo de diez días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación en el tablón electrónico de la USC, las
personas interesadas podrán presentar una reclamación ante el Rector para reparar los
defectos que motivaran la exclusión u omisión de dicha lista. Si no lo hacen, serán
excluidos definitivamente del proceso selectivo sin tener derecho a la devolución de las
tasas abonadas.
5.3 Para subsanar los defectos que motivaron la exclusión u omisión, la persona
aspirante deberá realizar el trámite a través de la aplicación de concursos, formulando
las alegaciones que considere pertinentes e incorporando, de ser el caso, en el apartado
correspondiente la documentación requerida.
5.4 Finalizado el plazo para reparar los defectos que motivaron la exclusión u
omisión de las personas aspirantes, el Vicerrectorado de Profesorado aprobará y
publicará, en el plazo máximo de diez días hábiles, la lista definitiva de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, en el lugar
indicado en la base 5.1.
Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Santiago de Compostela en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al
de su publicación, de conformidad con los artículos 46 y 8.2.a) de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, las personas
interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes
ante el órgano que la dictó.
5.5 La inclusión en la lista definitiva de admitidos/as no prejuzga el cumplimento de
los requisitos normativamente exigidos para ser nombrado funcionario/a de carrera. La
posesión de los requisitos exigidos tendrá que acreditarse en su momento.
6. Comisiones de selección
6.1 Los concursos objeto de esta convocatoria serán resueltos por las comisiones
de selección relacionadas en el anexo II. Conforme a lo establecido en el artículo 6.4 del
RD 1313/2007, de 5 de octubre, los curriculum vitae de los miembros de la comisión de
selección podrán ser consultados por las personas interesadas, durante el tiempo que
dure el proceso, en la página web de la USC (https://www.usc.gal/gl/institucional/
goberno/area/xestionpersoal/PDI/convocatorias/pdipermanente).
6.2 Para la constitución y la actuación de las comisiones se aplicará lo recogido en
el Reglamento para la selección de profesorado con vinculación permanente de la USC.
Los miembros de las comisiones deberán abstenerse de actuar, y las personas
interesadas podrán recusarlos, en cualquier momento del procedimiento, cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la LRJSP.
6.3 Una vez resueltas la renuncia, abstención o recusación que pudieran haberse
presentado, las personas afectadas serán sustituidas por los/as respectivos/as
suplentes. En el supuesto de que también en el miembro suplente de que se trate
concurriese alguna de las circunstancias de impedimento citadas anteriormente, la
sustitución se hará por orden correlativo de nombramiento entre los miembros suplentes.
6.4 Las comisiones de selección se constituirán en el plazo máximo de tres meses
desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado». Para ello, la persona titular de la presidencia de la comisión, después
de consultar con los restantes miembros, convocará a los miembros titulares y, en su
caso, a los suplentes, para proceder al acto de constitución de la comisión, con
indicación del lugar y la fecha. Además, el/la presidente/a deberá informar a las personas
cve: BOE-A-2023-15986
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163
Lunes 10 de julio de 2023
5.
Sec. II.B. Pág. 99857
Admisión de aspirantes
5.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, en un plazo máximo de diez
días hábiles, el Vicerrectorado de Profesorado publicará en el tablón electrónico de la
USC (https://sede.usc.es/sede/publica/taboleiro/inicio.htm) una resolución que apruebe la
lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
5.2 Contra esta resolución, y en un plazo máximo de diez días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación en el tablón electrónico de la USC, las
personas interesadas podrán presentar una reclamación ante el Rector para reparar los
defectos que motivaran la exclusión u omisión de dicha lista. Si no lo hacen, serán
excluidos definitivamente del proceso selectivo sin tener derecho a la devolución de las
tasas abonadas.
5.3 Para subsanar los defectos que motivaron la exclusión u omisión, la persona
aspirante deberá realizar el trámite a través de la aplicación de concursos, formulando
las alegaciones que considere pertinentes e incorporando, de ser el caso, en el apartado
correspondiente la documentación requerida.
5.4 Finalizado el plazo para reparar los defectos que motivaron la exclusión u
omisión de las personas aspirantes, el Vicerrectorado de Profesorado aprobará y
publicará, en el plazo máximo de diez días hábiles, la lista definitiva de personas
aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, en el lugar
indicado en la base 5.1.
Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Santiago de Compostela en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al
de su publicación, de conformidad con los artículos 46 y 8.2.a) de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, las personas
interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes
ante el órgano que la dictó.
5.5 La inclusión en la lista definitiva de admitidos/as no prejuzga el cumplimento de
los requisitos normativamente exigidos para ser nombrado funcionario/a de carrera. La
posesión de los requisitos exigidos tendrá que acreditarse en su momento.
6. Comisiones de selección
6.1 Los concursos objeto de esta convocatoria serán resueltos por las comisiones
de selección relacionadas en el anexo II. Conforme a lo establecido en el artículo 6.4 del
RD 1313/2007, de 5 de octubre, los curriculum vitae de los miembros de la comisión de
selección podrán ser consultados por las personas interesadas, durante el tiempo que
dure el proceso, en la página web de la USC (https://www.usc.gal/gl/institucional/
goberno/area/xestionpersoal/PDI/convocatorias/pdipermanente).
6.2 Para la constitución y la actuación de las comisiones se aplicará lo recogido en
el Reglamento para la selección de profesorado con vinculación permanente de la USC.
Los miembros de las comisiones deberán abstenerse de actuar, y las personas
interesadas podrán recusarlos, en cualquier momento del procedimiento, cuando
concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la LRJSP.
6.3 Una vez resueltas la renuncia, abstención o recusación que pudieran haberse
presentado, las personas afectadas serán sustituidas por los/as respectivos/as
suplentes. En el supuesto de que también en el miembro suplente de que se trate
concurriese alguna de las circunstancias de impedimento citadas anteriormente, la
sustitución se hará por orden correlativo de nombramiento entre los miembros suplentes.
6.4 Las comisiones de selección se constituirán en el plazo máximo de tres meses
desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín
Oficial del Estado». Para ello, la persona titular de la presidencia de la comisión, después
de consultar con los restantes miembros, convocará a los miembros titulares y, en su
caso, a los suplentes, para proceder al acto de constitución de la comisión, con
indicación del lugar y la fecha. Además, el/la presidente/a deberá informar a las personas
cve: BOE-A-2023-15986
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 163