III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2023-15639)
Resolución de 30 de junio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Universidad de Alcalá y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la realización de un curso de incapacidad temporal para médicos asistenciales en la modalidad on-line.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Miércoles 5 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 93819

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
15639

Resolución de 30 de junio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social,
la Universidad de Alcalá y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia,
para la realización de un curso de incapacidad temporal para médicos
asistenciales en la modalidad on-line.

Con fecha 21 de junio de 2023 se ha suscrito el Convenio entre el Instituto Nacional
de la Seguridad Social (INSS), la Universidad de Alcalá (UAH) y la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia, para la realización de un curso de incapacidad
temporal para médicos asistenciales en la modalidad on-line, y, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado
Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.
Madrid, 30 de junio de 2023.–La Secretaria General Técnica, Iria Álvarez Besteiro.
ANEXO
Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la Universidad
de Alcalá (UAH) y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la
realización de un curso de incapacidad temporal para médicos asistenciales en la
modalidad on-line
REUNIDOS
De una parte:
Doña M.ª del Carmen Armesto González-Rosón, Directora General del Instituto
Nacional de la Seguridad Social, nombrada por Real Decreto 131/2020, de 21 de enero,
actuando en nombre y representación del Instituto, en virtud de las competencias que le
atribuye el artículo 5 del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, modificado por el
Real Decreto 1010/2017, de 1 de diciembre, y por el Real Decreto 496/2020, de 28 de
abril.

Doña Margarita Vallejo Girvés, Vicerrectora de Posgrado, Formación Permanente y
Extensión Universitaria de la Universidad de Alcalá (en adelante UAH), con CIF
Q2818018J y domicilio en Plaza de San Diego s/n, 28801 Alcalá de Henares (Madrid),
en nombre y representación de la misma y en ejercicio de las competencias que le son
delegadas por el Sr. Rector Magnífico de esta Universidad, mediante Resolución de
fecha 29 de marzo de 2022, publicada en el BOCM de 21 de abril de 2022 (Resolución
del Rector sobre delegación de competencias en diversos órganos de gobierno
unipersonales de la Universidad). El artículo 20.1 de la vigente Ley Orgánica 6/2001,
de 21 de diciembre, de Universidades (modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril),
configura al Rector como máxima autoridad académica de la Universidad y le otorga las
competencias de dirección, gobierno y gestión de esta.

cve: BOE-A-2023-15639
Verificable en https://www.boe.es

De otra parte: