I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Subvenciones. (BOE-A-2023-15555)
Real Decreto 575/2023, de 4 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Comité Olímpico Español para contribuir a la promoción de la práctica del deporte en los centros de la red pública de centros de migraciones y la integración de sus residentes en la sociedad española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 159

Miércoles 5 de julio de 2023

Sec. I. Pág. 93424

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
Real Decreto 575/2023, de 4 de julio, por el que se regula la concesión
directa de una subvención al Comité Olímpico Español para contribuir a la
promoción de la práctica del deporte en los centros de la red pública de
centros de migraciones y la integración de sus residentes en la sociedad
española.

Según lo establecido en el artículo 22.1 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero, por
el que se reestructuran los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de
Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la propuesta y ejecución de la política del
Gobierno en materia de Seguridad Social y clases pasivas, así como la elaboración y el
desarrollo de la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración
y de políticas de inclusión.
A su vez, de acuerdo con el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y
Migraciones, la Secretaría de Estado de Migraciones se encarga de elaborar y
desarrollar la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración; la
Dirección General de Atención Humanitaria e Inclusión Social de la Inmigración tiene,
entre otras, las funciones relativas a la planificación, desarrollo y gestión de programas
de atención humanitaria a personas migrantes; la planificación, gestión y seguimiento de
los centros de migraciones o de otros inmuebles que vayan a ser destinados a futuros
centros de migraciones; así como la gestión patrimonial de dichos centros, incluyendo su
adecuación, conservación y el mantenimiento de sus instalaciones; y la Dirección
General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal se
encarga, entre otras, de la planificación, gestión y seguimiento de centros de titularidad
pública estatal del sistema de acogida de protección internacional; así como de la
gestión patrimonial de los recursos muebles e inmuebles en lo que afecta a los centros
de titularidad pública estatal del sistema de acogida de protección internacional.
Uno de los objetivos de la política migratoria es el desarrollo de una red de centros
de migraciones de titularidad pública estatal en el sistema de acogida de protección
internacional y atención humanitaria, supliendo la carencia existente hasta la fecha, y en
línea con los objetivos establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, entre los cuales, se encuentra la reforma del sistema español de acogida de
atención humanitaria y solicitantes y beneficiarios de protección internacional para
ajustar su capacidad a las necesidades reales, y maximizar su eficacia y capacidad de
inclusión. Como medio para facilitar la convivencia e integración en la comunidad a las
personas migrantes y a las personas que se integran en el sistema de acogida, a partir
de la concepción del deporte como un vehículo de transmisión de valores fundamentales
de la persona, con los inherentes beneficios de salud y psicosociales que conlleva su
práctica, resulta preciso subvencionar diversas actuaciones destinadas al fomento de la
práctica del deporte y a la transmisión de los valores deportivos como actividad que
facilita a las personas residentes en los centros una integración en la comunidad en la
que se localizan estos centros.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la Ley 39/2022, de 30 de
diciembre, del Deporte, el Comité Olímpico Español es una asociación sin fines de lucro,
constituida de acuerdo con los principios y normas del Comité Olímpico Internacional,
dotada de personalidad jurídica, cuyo objeto consiste en el desarrollo del Movimiento
Olímpico y la difusión de sus ideales. En atención a este objeto, el Comité Olímpico

cve: BOE-A-2023-15555
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