V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2023-20476)
Anuncio de la Delegación del Gobierno en Castilla y León por el que se convoca para el levantamiento de actas previas a la ocupación de bienes y derechos afectados por la instalación eólica "Pinta y Guindalera" de 100 MW, líneas subterráneas a 30 kV, subestación eléctrica "SET Pinta y Guindalera 30/220 kV" y subestación seccionadora "Villalba 220 kV", en los términos municipales de Villalba de los Alcores, La Mudarra y Valdenebro de los Valles, provincia de Valladolid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 158
Martes 4 de julio de 2023
Sec. V-B. Pág. 32701
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
20476
Anuncio de la Delegación del Gobierno en Castilla y León por el que se
convoca para e l le vantamie nto de actas pre vias a la ocupación de
bie ne s y de re chos afe ctados por la instalación e ólica "Pinta y
Guindale ra" de 100 MW, líne as subte rráne as a 30 kV, sube stación
e léctrica "SET Pinta y Guindale ra 30/220 kV" y sube stación
seccionadora "Villalba 220 kV", en los términos municipales de Villalba
de los Alcores, La Mudarra y Valdenebro de los Valles, provincia de
Valladolid.
Por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 1 de
marzo de 2022 se otorgó a la sociedad Estudios y Proyectos PRADAMAP, S.L.U.,
la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de
construcción, para la instalación eólica "Pinta y Guindalera" de 100 MW, líneas
subterráneas a 30 kV, subestación eléctrica "SET Pinta y Guindalera 30/220" y la
subestación seccionadora "Villalba 220 kV", en los términos municipales de Villalba
de los Alcores, Montealegre de Campos, La Mudarra y Valdenebro de los Valles,
provincia de Valladolid.
Por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 2 de
febrero de 2023 se otorgó a la sociedad Estudios y Proyectos PRADAMAP, S.L.U.,
la declaración, en concreto, de utilidad pública, para la referida instalación eléctrica
y sus infraestructuras de evacuación.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 24/2013, del Sector
Eléctrico y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,
dicha declaración lleva implícita la necesidad de ocupación de los mismos e
implica la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, según dispone el artículo 56
de la mencionada Ley 24/2013.
En su virtud, esta Delegación del Gobierno, en cumplimiento con lo dispuesto
en el precitado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto convocar
a los titulares de bienes y derechos afectados cuya relación se adjunta, para que
comparezcan en los lugares, los días y a las horas que se indican a continuación
para, de conformidad con el procedimiento que se establece en el precitado
artículo, llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si
procediera, el levantamiento de las de ocupación definitiva.
El interesado, así como las personas que sean titulares de cualesquiera clases
de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente
o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad, pudiéndose acompañar, si así lo estiman oportuno y
con gastos a su costa, de peritos y notario.
Asimismo, a los efectos previstos en el artículo 57 del Reglamento de la Ley de
Expropiación Forzosa, deberán asistir inexcusablemente el/la representante de la
Administración, así como el/la titular de la alcaldía del municipio donde se
encuentran los bienes afectados, o el/la titular de la Concejalía en quien delegue.
cve: BOE-B-2023-20476
Verificable en https://www.boe.es
El levantamiento de actas tendrá lugar los días: ver anexo I.
Núm. 158
Martes 4 de julio de 2023
Sec. V-B. Pág. 32701
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20476
Anuncio de la Delegación del Gobierno en Castilla y León por el que se
convoca para e l le vantamie nto de actas pre vias a la ocupación de
bie ne s y de re chos afe ctados por la instalación e ólica "Pinta y
Guindale ra" de 100 MW, líne as subte rráne as a 30 kV, sube stación
e léctrica "SET Pinta y Guindale ra 30/220 kV" y sube stación
seccionadora "Villalba 220 kV", en los términos municipales de Villalba
de los Alcores, La Mudarra y Valdenebro de los Valles, provincia de
Valladolid.
Por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 1 de
marzo de 2022 se otorgó a la sociedad Estudios y Proyectos PRADAMAP, S.L.U.,
la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de
construcción, para la instalación eólica "Pinta y Guindalera" de 100 MW, líneas
subterráneas a 30 kV, subestación eléctrica "SET Pinta y Guindalera 30/220" y la
subestación seccionadora "Villalba 220 kV", en los términos municipales de Villalba
de los Alcores, Montealegre de Campos, La Mudarra y Valdenebro de los Valles,
provincia de Valladolid.
Por resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de 2 de
febrero de 2023 se otorgó a la sociedad Estudios y Proyectos PRADAMAP, S.L.U.,
la declaración, en concreto, de utilidad pública, para la referida instalación eléctrica
y sus infraestructuras de evacuación.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 24/2013, del Sector
Eléctrico y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,
dicha declaración lleva implícita la necesidad de ocupación de los mismos e
implica la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, según dispone el artículo 56
de la mencionada Ley 24/2013.
En su virtud, esta Delegación del Gobierno, en cumplimiento con lo dispuesto
en el precitado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto convocar
a los titulares de bienes y derechos afectados cuya relación se adjunta, para que
comparezcan en los lugares, los días y a las horas que se indican a continuación
para, de conformidad con el procedimiento que se establece en el precitado
artículo, llevar a cabo el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si
procediera, el levantamiento de las de ocupación definitiva.
El interesado, así como las personas que sean titulares de cualesquiera clases
de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente
o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad, pudiéndose acompañar, si así lo estiman oportuno y
con gastos a su costa, de peritos y notario.
Asimismo, a los efectos previstos en el artículo 57 del Reglamento de la Ley de
Expropiación Forzosa, deberán asistir inexcusablemente el/la representante de la
Administración, así como el/la titular de la alcaldía del municipio donde se
encuentran los bienes afectados, o el/la titular de la Concejalía en quien delegue.
cve: BOE-B-2023-20476
Verificable en https://www.boe.es
El levantamiento de actas tendrá lugar los días: ver anexo I.