III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-15344)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Marcelino Botín-Sanz de Sautuola y López, para la organización del curso "Retos del agua en España: el futuro de la agricultura de regadío".
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Sábado 1 de julio de 2023

Sec. III. Pág. 92028

Real Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura
orgánica básica, definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro
universitario de alta cultura, investigación y especialización en el que convergen
actividades de distintos grados y especialidades universitarias y que tiene como
misión promover y difundir la cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de
intercambio e información científica y cultural de interés internacional e interregional,
cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o instituciones
españolas o extranjeras. El artículo 5 del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece
que son funciones de la UIMP las de generación y transmisión del conocimiento en
todos sus campos.
II. Que la Fundación Botín está reconocida, clasificada e inscrita por el Ministerio de
Cultura como fundación cultural privada, con el número 16, y sus fines son la satisfacción
de necesidades culturales, intelectuales y físicas. Sin perjuicio de la realización de
actividades asistenciales, la Fundación tendrá como fin fomentar la cultura, tanto
humanística como científica, en sus diversas manifestaciones. Para ello considerará la
formación, la investigación, el apoyo a la creación y a la divulgación como estrategias en
cualquiera de los campos de actividad, como el Patrimonio Histórico y Natural, el Arte, la
Música, y demás Bellas Artes, el Pensamiento, la Ciencia, o cualquier otro campo que
sirva para el desarrollo de la creatividad del individuo y el progreso de la sociedad, y, en
general, realizar cuantas actividades o patrocinios, dentro de dichos fines, determine
el Patronato.
III. Que ambas instituciones, dentro de los fines que les son propios, coinciden en
su interés por organizar un encuentro sobre los retos del agua en España y el futuro de
la agricultura de regadío. El tema se considera de la máxima actualidad y de
incuestionable relevancia social y académica.
Conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y
recursos en una iniciativa conjunta, ambas entidades acuerdan suscribir el presente
convenio con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto de este convenio es establecer la colaboración entre la UIMP y la
Fundación Botín para la organización conjunta del Encuentro «Retos del agua en
España: el futuro de la agricultura de regadío», según se recoge en la descripción y
objetivos del encuentro que se adjunta como anexo, y que se celebrará en 2023 en el
marco de la programación académica de la UIMP.
Ambas instituciones colaborarán en el orden académico, técnico, económico y logístico
para llevar a cabo el diseño, organización, divulgación y desarrollo del encuentro, según las
especificaciones de este convenio y con el objetivo común de garantizar los niveles
adecuados de excelencia, prestigio profesional y solvencia organizativa.

I. Siempre dentro de las normas sobre estructura y organización de cursos vigentes
en la UIMP y de las pautas sobre contenidos marcadas por ambas partes, la dirección
académica se encargará de elaborar el programa del encuentro y propondrá los
profesores participantes.
La persona que se encargará de la dirección académica será designada de mutuo
acuerdo entre las partes, entre el personal del Observatorio del Agua de la Fundación
Botín, y nombrada por el órgano competente de la UIMP.
El programa definitivo deberá contar con el visto bueno de ambas partes y ser
aprobado por el órgano competente de la UIMP. Las variaciones que posteriormente sea
imprescindible efectuar en cuanto a ponentes o conferencias, por causa de imprevistos o

cve: BOE-A-2023-15344
Verificable en https://www.boe.es

Segunda. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en los aspectos académicos.