V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. (BOE-B-2023-20217)
Extracto de la Resolución de 29 de junio de 2023, de la Dirección General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2023 ayudas generales para la producción de largometrajes sobre proyecto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Sábado 1 de julio de 2023

Sec. V-B. Pág. 32283

Cuarto. Cuantía
La dotación presupuestaria para estas ayudas es de 56.000.000 euros, de los
que 52.000.000 euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación
24.103.470, «Fondo de Protección a la Cinematografía», del Programa 335C,
«Cinematografía», del presupuesto de gastos del Instituto correspondiente al
ejercicio 2023 y 2024; y 4.000.000 euros serán imputables al crédito disponible en
la aplicación del Programa 33YA, «Programa de fomento, modernización y
digitalización del sector audiovisual. Cultura».
Para el primer procedimiento de selección se reservarán 31.000.000 euros, de
los que 29.000.000 euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación
24.103.470, «Fondo de Protección a la Cinematografía», del Programa 335C,
«Cinematografía», del presupuesto de gastos del Instituto correspondiente al
ejercicio 2023 y 2024; y 2.000.000 euros serán imputables al crédito disponible en
la aplicación del Programa 33YA, «Programa de fomento, modernización y
digitalización del sector audiovisual. Cultura».
Para el segundo procedimiento de selección se reservarán 25.000.000 euros,
de los que 23.000.000 euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación
24.103.470, «Fondo de Protección a la Cinematografía», del Programa 335C,
«Cinematografía», del presupuesto de gastos del Instituto correspondiente al
ejercicio 2023 y 2024; y 2.000.000 euros serán imputables al crédito disponible en
la aplicación del Programa 33YA, «Programa de fomento, modernización y
digitalización del sector audiovisual. Cultura».
El importe sobrante del primer procedimiento podrá incorporarse íntegramente
al segundo en el importe no comprometido.
En los términos previstos en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, se prevé la posibilidad de fijar una cuantía adicional máxima de hasta
6.000.000 euros para esta línea de ayudas, que no requerirá una nueva
convocatoria, de los que 4.000.000 euros serán imputables al crédito disponible en
la aplicación 24.103.470, «Fondo de Protección a la Cinematografía», del
Programa 335C, «Cinematografía», del presupuesto de gastos del Instituto
correspondiente al ejercicio 2023 y 2024; y 2.000.000 euros serán imputables al
crédito disponible en la aplicación del Programa 33YA, «Programa de fomento,
modernización y digitalización del sector audiovisual. Cultura». No obstante, la
cantidad que, en su caso, pudiera aplicarse, dependerá de las cuantías no
dispuestas en otras convocatorias de ayudas imputables al mismo concepto
presupuestario.

Para el primer procedimiento de selección se reservarán 31.000.000 euros, de
los que 29.000.000 euros serán imputables al crédito disponible en la aplicación
24.103.470, «Fondo de Protección a la Cinematografía», del Programa 335C,
«Cinematografía», del presupuesto de gastos del Instituto correspondiente al
ejercicio 2023 y 2024; y 2.000.000 euros serán imputables al crédito disponible en
la aplicación del Programa 33YA, «Programa de fomento, modernización y
digitalización del sector audiovisual. Cultura».

cve: BOE-B-2023-20217
Verificable en https://www.boe.es

La efectividad de dicha cuantía adicional, conforme a lo establecido en el
artículo 58.2.b) del mencionado Real Decreto, queda condicionada a la declaración
de disponibilidad del crédito antes de la resolución de concesión del primer
procedimiento de selección.