II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-15249)
Resolución de 20 de junio de 2023, de la Universidad de Burgos, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155
Viernes 30 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 91494
plaza y los enviará al Vicerrector competente en materia de profesorado, que los
publicará en la web.
8.8 Los miembros de las Comisiones tendrán derecho a percibir por parte de la
Universidad de Burgos, las asistencias, gastos de viaje y dietas de conformidad con lo
dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por
razón de servicio. A estos efectos, las Comisiones de selección tendrán la categoría
primera de las señaladas en el artículo 30 del citado Real Decreto.
8.9 Corresponderán al Secretario de la Comisión las actuaciones administrativas y
la gestión económica propias de la misma, auxiliado por el Personal de Administración y
Servicios que le asigne la Universidad de Burgos.
8.10 Las Comisiones de Selección resolverán las cuestiones no previstas en las
respectivas bases de la convocatoria, así como adoptarán los acuerdos necesarios para
llevar a buen fin los procesos selectivos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9
del Reglamento para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de la
Universidad de Burgos.
9.
Acto de presentación de candidatos
a) Currículum vitae en el que conste el historial académico, docente e investigador
en el que se detallarán los méritos hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
b) Un ejemplar (original o copia) de los artículos, libros, catálogos y demás
documentos acreditativos de los méritos alegados en el historial académico, docente e
investigador. En el caso de que los documentos no sean originales, el candidato deberá
presentar una declaración jurada en la que señalará explícitamente que la copia
presentada de cada uno de los documentos corresponde fielmente al original, sin
perjuicio de que puedan ser requeridos al candidato los oportunos documentos
originales.
c) Trabajo original de investigación.
d) En el caso de concursos de acceso al cuerpo de Profesores Titulares de
Universidad, además, se adjuntará, la Unidad Docente en la que se basará la segunda
parte de la Prueba, establecida en el artículo 15 del Reglamento para el acceso a
Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de la Universidad de Burgos.
cve: BOE-A-2023-15249
Verificable en https://www.boe.es
9.1 El Presidente titular de la Comisión emitirá Resolución convocando a todos los
candidatos admitidos determinando el día, hora y lugar para la presentación por parte de
los concursantes de los méritos en los que se base la prueba. La Resolución del
Presidente convocando a los concursantes deberá ser comunicada por correo
electrónico al Vicerrector con competencias en materia de profesorado con una
antelación mínima de quince días naturales. En base a esta comunicación el
Vicerrectorado competente en materia de profesorado elaborará una resolución que
indique el lugar, fecha y hora del acto de constitución y del acto de presentación, que se
publicará en el Tablón electrónico oficial de la Universidad de Burgos y en su web en la
dirección: http://wwww.ubu.es/servicio-de-recursos-humanos/pdi/concursos-y-bolsas-detrabajo, con una antelación mínima de siete días naturales respecto de la fecha de
constitución, sirviendo de notificación a los interesados a todos los efectos.
Asimismo, simultáneamente a la comunicación al Vicerrectorado, el Presidente de la
Comisión remitirá un correo electrónico a los aspirantes admitidos indicándoles el lugar,
fecha y hora del acto de presentación, a efectos puramente informativos.
El acto de presentación deberá ser el mismo día o el día siguiente al acto de
constitución de la Comisión.
En el acto de presentación, que será público y se realizará en alguna dependencia
de la Universidad de Burgos, los candidatos entregarán al Presidente de la Comisión la
documentación siguiente:
Núm. 155
Viernes 30 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 91494
plaza y los enviará al Vicerrector competente en materia de profesorado, que los
publicará en la web.
8.8 Los miembros de las Comisiones tendrán derecho a percibir por parte de la
Universidad de Burgos, las asistencias, gastos de viaje y dietas de conformidad con lo
dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por
razón de servicio. A estos efectos, las Comisiones de selección tendrán la categoría
primera de las señaladas en el artículo 30 del citado Real Decreto.
8.9 Corresponderán al Secretario de la Comisión las actuaciones administrativas y
la gestión económica propias de la misma, auxiliado por el Personal de Administración y
Servicios que le asigne la Universidad de Burgos.
8.10 Las Comisiones de Selección resolverán las cuestiones no previstas en las
respectivas bases de la convocatoria, así como adoptarán los acuerdos necesarios para
llevar a buen fin los procesos selectivos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9
del Reglamento para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de la
Universidad de Burgos.
9.
Acto de presentación de candidatos
a) Currículum vitae en el que conste el historial académico, docente e investigador
en el que se detallarán los méritos hasta la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
b) Un ejemplar (original o copia) de los artículos, libros, catálogos y demás
documentos acreditativos de los méritos alegados en el historial académico, docente e
investigador. En el caso de que los documentos no sean originales, el candidato deberá
presentar una declaración jurada en la que señalará explícitamente que la copia
presentada de cada uno de los documentos corresponde fielmente al original, sin
perjuicio de que puedan ser requeridos al candidato los oportunos documentos
originales.
c) Trabajo original de investigación.
d) En el caso de concursos de acceso al cuerpo de Profesores Titulares de
Universidad, además, se adjuntará, la Unidad Docente en la que se basará la segunda
parte de la Prueba, establecida en el artículo 15 del Reglamento para el acceso a
Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios de la Universidad de Burgos.
cve: BOE-A-2023-15249
Verificable en https://www.boe.es
9.1 El Presidente titular de la Comisión emitirá Resolución convocando a todos los
candidatos admitidos determinando el día, hora y lugar para la presentación por parte de
los concursantes de los méritos en los que se base la prueba. La Resolución del
Presidente convocando a los concursantes deberá ser comunicada por correo
electrónico al Vicerrector con competencias en materia de profesorado con una
antelación mínima de quince días naturales. En base a esta comunicación el
Vicerrectorado competente en materia de profesorado elaborará una resolución que
indique el lugar, fecha y hora del acto de constitución y del acto de presentación, que se
publicará en el Tablón electrónico oficial de la Universidad de Burgos y en su web en la
dirección: http://wwww.ubu.es/servicio-de-recursos-humanos/pdi/concursos-y-bolsas-detrabajo, con una antelación mínima de siete días naturales respecto de la fecha de
constitución, sirviendo de notificación a los interesados a todos los efectos.
Asimismo, simultáneamente a la comunicación al Vicerrectorado, el Presidente de la
Comisión remitirá un correo electrónico a los aspirantes admitidos indicándoles el lugar,
fecha y hora del acto de presentación, a efectos puramente informativos.
El acto de presentación deberá ser el mismo día o el día siguiente al acto de
constitución de la Comisión.
En el acto de presentación, que será público y se realizará en alguna dependencia
de la Universidad de Burgos, los candidatos entregarán al Presidente de la Comisión la
documentación siguiente: