III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2023-15228)
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Wottoline, SA, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154

Jueves 29 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 91409

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE UNIVERSIDADES
15228

Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Wottoline, SA,
para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes
de postgrado.

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y Wottoline, SA, han suscrito,
con fecha 25 de mayo de 2023, un convenio para que los alumnos de los programas de
postgrado de la UIMP puedan realizar en dicho centro sus prácticas académicas
externas curriculares o extracurriculares y proyectos de fin de Máster, por lo que
conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 25 de mayo de 2023.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., P. D. (Resolución de 24 de abril de 2019), la Gerente, María Boloqui
Bastardés.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y Wottoline, SA,
para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes
de postgrado de la UIMP
REUNIDOS

EXPONEN
I. Que la UIMP, creada por Decreto de 10 de noviembre de 1945, y regulada en la
actualidad por el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, aprobado
por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, está adscrita al Ministerio de Universidades
de España y tiene personalidad jurídica y patrimonio propios.
Que la UIMP, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, es un centro universitario
de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de
distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión difundir la cultura

cve: BOE-A-2023-15228
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don Carlos Andradas Heranz, en nombre y representación de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. (en adelante UIMP) (entidad con
NIF Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su
condición de rector magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por
Real Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y haciendo uso de las atribuciones que tiene
conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y, de otra parte, don Francisco Antequera Pérez, representante legal de Wottoline, SA
(entidad con NIF A78811577 y domicilio social en calle Toronga, 23, 1.ª, 28043 Madrid), en
su condición de Director Financiero y haciendo uso de los poderes otorgados ante el notario
del colegio notarial de Madrid, don Fernando Molina Stranz, en escritura de fecha 4 de
mayo de 2020, con el número 435 de su protocolo, poderes que declara no le han sido
revocados, ni disminuidos.