III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-15198)
Resolución de 21 de junio de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Albacete.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Jueves 29 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 91230
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
15198
Resolución de 21 de junio de 2023, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Graduados Sociales
de Albacete.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Graduados Sociales de Albacete un Convenio de colaboración en materia de Gestión
Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio,
que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 21 de junio de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio en materia de gestión catastral entre la Secretaria de Estado de Hacienda
(Dirección General del Catastro) y el Colegio Oficial de Graduados Sociales de
Albacete
Madrid y Albacete, 20 de junio de 2023.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre)
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo
decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don Juan José González Martínez, Presidente del Colegio Oficial de
Graduados Sociales de Albacete, habiendo sido elegido el 30 de marzo de 2022, en
nombre y representación del mismo en virtud de las competencias que le atribuye el
artículo 42 de sus Estatutos, publicados por Resolución de 31/08/2022, de la
Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa de la Consejería
de Hacienda y Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha (DOCM de 8 de septiembre).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el
cve: BOE-A-2023-15198
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Primero.
Núm. 154
Jueves 29 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 91230
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
15198
Resolución de 21 de junio de 2023, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Graduados Sociales
de Albacete.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Graduados Sociales de Albacete un Convenio de colaboración en materia de Gestión
Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio,
que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 21 de junio de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio en materia de gestión catastral entre la Secretaria de Estado de Hacienda
(Dirección General del Catastro) y el Colegio Oficial de Graduados Sociales de
Albacete
Madrid y Albacete, 20 de junio de 2023.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre)
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo
decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don Juan José González Martínez, Presidente del Colegio Oficial de
Graduados Sociales de Albacete, habiendo sido elegido el 30 de marzo de 2022, en
nombre y representación del mismo en virtud de las competencias que le atribuye el
artículo 42 de sus Estatutos, publicados por Resolución de 31/08/2022, de la
Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa de la Consejería
de Hacienda y Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La
Mancha (DOCM de 8 de septiembre).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y en el
cve: BOE-A-2023-15198
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Primero.