III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2023-15131)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Málaga, la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Málaga y la Dirección Provincial del Instituto Social de la Marina de Málaga, para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido en Marbella (Málaga).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Miércoles 28 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 90544

Intervienen como tales, y en la representación que ostentan se reconocen entre sí la
capacidad legal necesaria para suscribir el presente convenio, y
EXPONEN
Primero.
Que el artículo 12.4 del Real Decreto 1221/1992, de 9 de octubre, sobre el
Patrimonio de la Seguridad Social, modificado por el Real Decreto 37/2023, de 24 de
enero, corresponderá a la entidad gestora o al servicio común que tenga adscrito un
inmueble que sea compartido con otras administraciones públicas o con terceros adoptar
o suscribir los convenios necesarios relativos a su uso y mantenimiento. Asimismo, la
disposición adicional décima del Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se
aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de
las Administraciones Públicas, al referirse a los edificios de uso compartido, establece la
posibilidad de adoptar o suscribir los acuerdos necesarios relativos a su uso y
mantenimiento.
Segundo.
Que los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y la Orden PARA/1267/2017, de 21 de diciembre, que la
desarrolla, habilitan la suscripción de convenios entre Administraciones públicas
sometidos al régimen jurídico de convenios previsto en el capítulo VI del título preliminar
de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Tercero.
Que es competencia de las entidades administrativas firmantes la gestión de las
funciones administrativas encomendadas en sus normas específicas, dentro de la
provincia de Málaga. Para el desarrollo de las mismas, comparten la utilización del
inmueble a que se refiere el presente convenio, por lo que consideran necesario regular
la administración y participación de cada Entidad en gastos comunes derivados de dicho
uso.
Cuarto.
Que, con objeto de proceder a una mejor gestión del uso del inmueble, con la firma
del presente convenio manifiestan su voluntad de colaborar en la administración y
participación de las Entidades a las que representan en los gastos actuales y de futuro,
derivados de la conservación, mejora, obras, servicios, suministros y otros necesarios del
inmueble, así como de las cargas tributarias que graven el mismo, por lo que consideran
necesario el establecimiento de un marco de relaciones en los términos que se recogen
en las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.

El presente Convenio tiene por objeto establecer los criterios de gestión,
administración y participación en la financiación de los gastos comunes, no susceptibles
de individualización, derivados de los contratos de obras, servicios, suministros y otros
gastos que sean necesarios en el funcionamiento del inmueble que es utilizado por las
partes de este convenio y que se relaciona en el anexo I.
Estos gastos se concretan en todos aquellos necesarios para la limpieza,
mantenimiento, vigilancia, suministro eléctrico, suministro de agua y para cargas
tributarias y permisos municipales de todo el inmueble, que se consideran comunes al no

cve: BOE-A-2023-15131
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Primera.