III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2023-15129)
Resolución de 16 de junio de 2023, de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, por la que se publica el Convenio con el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles de España, para regular las condiciones de la colaboración de ambas entidades en el Programa Agentes del Cambio, «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- NextGenerationEU».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Miércoles 28 de junio de 2023
5. Obligaciones específicas por parte del responsable.
Responsable para dar cumplimiento al presente acuerdo:

Sec. III. Pág. 90541
Corresponde

al

i. Poner a disposición del Encargado los datos a los que se refiere la cláusula
segunda del presente acuerdo.
ii. Realizar una evaluación del impacto en la protección de datos personales de las
operaciones de tratamiento a realizar por el Encargado, si fuera necesario.
iii. Realizar las consultas previas que en su caso corresponda.
iv. Velar y dar soporte, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el
cumplimiento del Reglamento (EU) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y su normativa de desarrollo por
parte del Encargado.
v. Obtener con carácter previo a la entrega de los datos al Encargado, legitimación
suficiente para el tratamiento de los datos de carácter personal de los afectados.
6. Responsabilidad. Sin perjuicio de lo establecido en el presente acuerdo, el
Encargado responderá única y exclusivamente de los daños directos que sufra el
Responsable y que hayan sido causados directamente por las acciones, omisiones o
desviaciones de las instrucciones del encargo en relación con las obligaciones
estipuladas en el este acuerdo y en la normativa que le sea de aplicación.
El Encargado no será responsable por los daños directos e indirectos causados por
acciones u omisiones del Responsable relativos a las obligaciones establecidas en este
acuerdo o en la ley. Sin perjuicio de lo anterior, el Responsable se compromete a
indemnizar todos los gastos, costas procesales, indemnizaciones por daños y perjuicios,
multas, sanciones y cualesquiera otros gastos incurridos por el Encargado en su defensa
en estos procedimientos y que surjan de acciones u omisiones por parte del
Responsable o del correcto y debido cumplimiento de las instrucciones del encargo.
El Encargado no será responsable de los problemas, daños y/o perjuicios causados
que tuvieran su origen en causas ajenas a su control o que no hubieran podido ser
previstas por las Partes o que, aun siendo previsibles, el Encargado haya realizado todos
los esfuerzos razonables e implementado las medidas pertinentes para evitarlas o que
sean consideradas como fuerza mayor o caso fortuito.

Y en prueba de cuanto antecede, las Partes firman el presente documento, en la
fecha indicada en la última firma electrónica, es decir, 8 de junio de 2023.–La Secretaria
de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, Carme Artigas Brugal.–La Decana
Presidenta del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes
Muebles de España, María Emilia Adán García.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-15129
Verificable en https://www.boe.es

7. Cesión de datos del colegio de registradores a la SEDIA. Atendida la condición
de entidad colaboradora del Colegio de Registradores, de conformidad con el artículo
14.2 de la Orden ETD/1345/2022, de 28 de diciembre y en los términos previstos en la
cláusula tercera del convenio suscrito entre ambas entidades, aquel proporcionará a la
Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial información relativa a la
condición de pyme del solicitante, su pertenencia a grupo de empresas, así como su
eventual estado de empresa en crisis o en concurso de acuerdo con el Registro Público
Concursal.
8. Aplicación de las estipulaciones del convenio. En todo lo no estipulado
expresamente en el presente acuerdo se estará a lo establecido en el convenio, el cual
las Partes expresamente ratifican y del que el presente acuerdo forma parte integrante e
inseparable.