III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2023-15059)
Resolución de 20 de junio de 2023, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Real Federación Española de Gimnasia, para la impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques comunes del periodo transitorio del ciclo 2020-2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 152
Martes 27 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 89974
Actuando ambas partes en el ejercicio de las competencias que respectivamente
tienen atribuidas y reconociéndose plena capacidad jurídica, en representación de los
organismos por cuya cuenta actúan,
EXPONEN
I. Con fecha 20 de diciembre de 2019 se firmó el Convenio entre el Consejo
Superior de Deportes y la Real Federación Española de Gimnasia para la impartición por
el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques comunes del periodo
transitorio de la oferta formativa del ciclo 2020-2023, publicado mediante Resolución de
la Presidencia del Consejo Superior de Deportes de fecha 13 de enero de 2020, en el
BOE del 21 de enero de 2020.
II. Que, de conformidad con lo establecido en su cláusula octava, el convenio tiene
una duración de cuatro años desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
(BOE 21 de enero de 2020), añadiendo que en cualquier momento antes de la
finalización de este plazo, las partes podrán acordar unánimemente su prórroga por un
periodo de hasta cuatro años adicionales.
MODIFICACIONES
Primera. Prórroga del convenio.
Que, de conformidad con lo establecido en la citada cláusula octava del convenio,
ambas partes acuerdan la prórroga del mismo hasta el 30 de septiembre de 2024.
Segunda.
Compromiso de gasto para los años 2023 y 2024.
Se modifica la cláusula sexta, incorporando el siguiente párrafo:
«El compromiso de gasto con cargo a las aplicaciones presupuestarias
24.22.15.336A.233, y 24.22.15.336A.226.06, para los años 2023 y 2024, será de
acuerdo con el siguiente cuadro:
Aplicación presupuestaria
Compromiso gasto 2023
—
Euros
24.22.15.336A.233
24.22.15.336A.226.06
Total.
Compromiso gasto 2024
—
Euros
11.250
2.700
2.610
810
13.860
3.510»
Tercera. Subsistencia del resto del convenio.
Cuarta.
Eficacia de la Adenda.
Esta Adenda resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Así
mismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez días hábiles
desde su formalización.
En prueba de conformidad, las partes suscriben el presente convenio, en lugar y fecha
indicados en el encabezamiento.–El Director General de Deportes, Fernando Molinero Revert.–
El Presidente de la Real Federación Española de Gimnasia, Jesús Alfonso Carballo Martínez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-15059
Verificable en https://www.boe.es
En todo lo no estipulado expresamente en la presente Adenda se estará a lo
establecido en el convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.
Núm. 152
Martes 27 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 89974
Actuando ambas partes en el ejercicio de las competencias que respectivamente
tienen atribuidas y reconociéndose plena capacidad jurídica, en representación de los
organismos por cuya cuenta actúan,
EXPONEN
I. Con fecha 20 de diciembre de 2019 se firmó el Convenio entre el Consejo
Superior de Deportes y la Real Federación Española de Gimnasia para la impartición por
el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques comunes del periodo
transitorio de la oferta formativa del ciclo 2020-2023, publicado mediante Resolución de
la Presidencia del Consejo Superior de Deportes de fecha 13 de enero de 2020, en el
BOE del 21 de enero de 2020.
II. Que, de conformidad con lo establecido en su cláusula octava, el convenio tiene
una duración de cuatro años desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
(BOE 21 de enero de 2020), añadiendo que en cualquier momento antes de la
finalización de este plazo, las partes podrán acordar unánimemente su prórroga por un
periodo de hasta cuatro años adicionales.
MODIFICACIONES
Primera. Prórroga del convenio.
Que, de conformidad con lo establecido en la citada cláusula octava del convenio,
ambas partes acuerdan la prórroga del mismo hasta el 30 de septiembre de 2024.
Segunda.
Compromiso de gasto para los años 2023 y 2024.
Se modifica la cláusula sexta, incorporando el siguiente párrafo:
«El compromiso de gasto con cargo a las aplicaciones presupuestarias
24.22.15.336A.233, y 24.22.15.336A.226.06, para los años 2023 y 2024, será de
acuerdo con el siguiente cuadro:
Aplicación presupuestaria
Compromiso gasto 2023
—
Euros
24.22.15.336A.233
24.22.15.336A.226.06
Total.
Compromiso gasto 2024
—
Euros
11.250
2.700
2.610
810
13.860
3.510»
Tercera. Subsistencia del resto del convenio.
Cuarta.
Eficacia de la Adenda.
Esta Adenda resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Así
mismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en el plazo de diez días hábiles
desde su formalización.
En prueba de conformidad, las partes suscriben el presente convenio, en lugar y fecha
indicados en el encabezamiento.–El Director General de Deportes, Fernando Molinero Revert.–
El Presidente de la Real Federación Española de Gimnasia, Jesús Alfonso Carballo Martínez.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2023-15059
Verificable en https://www.boe.es
En todo lo no estipulado expresamente en la presente Adenda se estará a lo
establecido en el convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el
presente documento forma parte integrante e inseparable.