II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos. (BOE-A-2023-14946)
Resolución de 19 de junio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Lunes 26 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 89432
una duración igual o superior a quince horas lectivas y haber sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros
Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes
promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las
Administraciones Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante diploma,
certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o
impartición.
La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el
modelo incluido como anexo V a esta convocatoria.
2.2
Personal laboral fijo.
2.2.1 Antigüedad. Servicios prestados como personal laboral fijo en la
Administración General del Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás
Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o
dependientes de la Administración General del Estado, la puntuación máxima será de 18
puntos a razón de 0,60 puntos por año completo de servicios.
2.2.2 Trabajo desarrollado. Por el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en puestos del grupo y especialidad 1G - Archivos, Bibliotecas
y Museos del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración
General del Estado vigente o de categoría profesional equivalente del III Convenio Único
para el Personal Laboral de la Administración General del Estado, siempre y cuando los
puestos en los que se han desempeñado dichas funciones hayan quedado encuadrados
en el grupo y especialidad 1G - Archivos, Bibliotecas y Museos del IV Convenio colectivo
único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente, se
otorgará un punto por cada año completo de servicios hasta un máximo de seis puntos.
2.2.3 Cursos de formación. La superación o impartición de cursos de formación
relacionados con las funciones que se desempeñarán en la respectiva sección del
Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos acreditados por el
trabajador, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima
que se podrá obtener por este apartado será de seis puntos. Los cursos, anotados en
el RCP o sistema análogo, deberán tener una duración igual o superior a quince horas
lectivas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de
Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por
Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán
acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de
aprovechamiento o impartición.
La certificación de los méritos del personal laboral fijo para la fase de concurso
deberá realizarse según el modelo incluido como anexo VI a esta convocatoria.
Curso Selectivo para ambas Secciones
El curso selectivo será organizado por la Secretaría General de Cultura y Deporte y
tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades en orden
a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias
del Cuerpo convocado. El carácter selectivo del curso exigirá la superación de pruebas
teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que
se impartan. El curso selectivo será de hasta tres meses de duración. Una parte del
mismo se realizará en régimen de estancia en unidades designadas por la Secretaría
General de Cultura y Deporte, como período de prácticas. Dicha estancia podrá
realizarse en Unidades de la Secretaría General de Cultura y Deporte, en organismos
adscritos al Ministerio u otros departamentos ministeriales.
La Secretaría General de Cultura y Deporte, designará una Comisión de Valoración,
que será la encargada de calificar el curso de «Apto» o «No Apto», siendo necesario
obtener la calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.
cve: BOE-A-2023-14946
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 151
Lunes 26 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 89432
una duración igual o superior a quince horas lectivas y haber sido convocados,
impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública, por otros
Institutos de Administración Pública o por Organizaciones Sindicales u otros agentes
promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las
Administraciones Públicas. Los cursos deberán acreditarse mediante diploma,
certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o
impartición.
La certificación de los méritos para la fase de concurso deberá realizarse según el
modelo incluido como anexo V a esta convocatoria.
2.2
Personal laboral fijo.
2.2.1 Antigüedad. Servicios prestados como personal laboral fijo en la
Administración General del Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás
Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o
dependientes de la Administración General del Estado, la puntuación máxima será de 18
puntos a razón de 0,60 puntos por año completo de servicios.
2.2.2 Trabajo desarrollado. Por el tiempo de servicios efectivos prestados como
personal laboral fijo en puestos del grupo y especialidad 1G - Archivos, Bibliotecas
y Museos del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración
General del Estado vigente o de categoría profesional equivalente del III Convenio Único
para el Personal Laboral de la Administración General del Estado, siempre y cuando los
puestos en los que se han desempeñado dichas funciones hayan quedado encuadrados
en el grupo y especialidad 1G - Archivos, Bibliotecas y Museos del IV Convenio colectivo
único para el personal laboral de la Administración General del Estado vigente, se
otorgará un punto por cada año completo de servicios hasta un máximo de seis puntos.
2.2.3 Cursos de formación. La superación o impartición de cursos de formación
relacionados con las funciones que se desempeñarán en la respectiva sección del
Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos acreditados por el
trabajador, se valorarán por el Tribunal con 0,5 puntos cada uno. La puntuación máxima
que se podrá obtener por este apartado será de seis puntos. Los cursos, anotados en
el RCP o sistema análogo, deberán tener una duración igual o superior a quince horas
lectivas y haber sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de
Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por
Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de
Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Los cursos deberán
acreditarse mediante diploma, certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de
aprovechamiento o impartición.
La certificación de los méritos del personal laboral fijo para la fase de concurso
deberá realizarse según el modelo incluido como anexo VI a esta convocatoria.
Curso Selectivo para ambas Secciones
El curso selectivo será organizado por la Secretaría General de Cultura y Deporte y
tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos y habilidades en orden
a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias
del Cuerpo convocado. El carácter selectivo del curso exigirá la superación de pruebas
teóricas, prácticas o de ambos tipos en relación con las áreas básicas de formación que
se impartan. El curso selectivo será de hasta tres meses de duración. Una parte del
mismo se realizará en régimen de estancia en unidades designadas por la Secretaría
General de Cultura y Deporte, como período de prácticas. Dicha estancia podrá
realizarse en Unidades de la Secretaría General de Cultura y Deporte, en organismos
adscritos al Ministerio u otros departamentos ministeriales.
La Secretaría General de Cultura y Deporte, designará una Comisión de Valoración,
que será la encargada de calificar el curso de «Apto» o «No Apto», siendo necesario
obtener la calificación de «Apto» para superar el curso selectivo.
cve: BOE-A-2023-14946
Verificable en https://www.boe.es
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