III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2023-14980)
Resolución de 19 de junio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Castilla y León, para la gestión de las becas «Campus de Profundización Científica para estudiantes de Educación Secundaria Obligatoria» en Soria, durante el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Lunes 26 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 89581

4. El Ministerio realizará la aportación establecida en la cláusula sexta del presente
convenio a la entidad colaboradora, para la financiación de los gastos derivados de la
participación del alumnado en el campus. En ningún caso, los fondos transferidos, ni los
intereses que, en su caso, se produzcan, se considerarán integrantes del patrimonio de
la entidad colaboradora.
Quinta.

Actuaciones de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León.

1. La Administración General de la Comunidad de Castilla y León, actuando como
entidad colaboradora, será la destinataria de los fondos recibidos del Ministerio para los
gastos de organización y desarrollo del campus, responsabilizándose, en consecuencia,
de la realización del «Campus de Profundización Científica para el alumnado de cuarto
curso de Educación Secundaria Obligatoria» en la ciudad de Soria.
2. La Administración General de la Comunidad de Castilla y León, a través de la
Consejería de Educación, elaborará y presentará ante el Ministerio el programa a
desarrollar en el campus, en el cual se detallarán todas las actividades del mismo. El
programa de actividades que desarrollar en el campus será finalmente acordado por
ambas partes en la comisión de seguimiento prevista en la cláusula octava del presente
convenio.
3. Para asegurar y garantizar el buen desarrollo del programa y la consecución de
los objetivos previstos en el mismo, la Administración General de la Comunidad de
Castilla y León, a través de la Consejería de Educación, pondrá a disposición del
campus profesorado experto así como personal cualificado y los medios materiales
necesarios para la realización del mismo, siendo financiados estos gastos a cargo del
Ministerio de Educación y Formación Profesional, en la forma prevista en el presente
convenio.
4. La gestión, administración, inspección, verificación, control y seguimiento del
campus serán asumidos por la Administración General de la Comunidad de Castilla y
León a través de los medios propios de la Dirección Provincial de Educación de Soria.
5. La entidad colaboradora cumplirá con las obligaciones que se exigen en el
artículo 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, en
consecuencia, justificará la aplicación de los fondos recibidos del Ministerio en los plazos
y forma establecidos en la cláusula séptima, sometiéndose a las actuaciones de
comprobación que respecto de la gestión de dichos fondos puedan efectuarse.
Asimismo, la entidad colaboradora no estará incursa en ninguna de las prohibiciones
para obtener la condición de entidad colaboradora establecidas en el artículo 13 de la
Ley General de Subvenciones.

1. El Ministerio de Educación y Formación Profesional, colaborará en la financiación
de los gastos derivados de la celebración del Campus de Profundización Científica y
para ello, librará a la Administración General de la Comunidad de Castilla y León la
cantidad máxima de noventa mil euros (90.000,00 €) con cargo a la aplicación
presupuestaria 18.04.323M.484.04 de los Presupuestos Generales del Estado para el
año 2023. El dinero se ingresará directamente a la Consejería de Educación de la Junta
de Castilla y León.
2. Dicho libramiento se efectuará en un solo pago, una vez celebrado y realizado de
conformidad el campus, previa presentación por la entidad colaboradora de una relación
detallada de estudiantes beneficiarios de las becas que han asistido al campus, a fin de
dar cobertura a los gastos detallados en el presupuesto señalado en el anexo I.
3. Conforme a lo establecido en el artículo 42.2 del Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, la
entidad colaboradora queda exonerada de la constitución de garantía.

cve: BOE-A-2023-14980
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Compromisos económicos.