III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Ayudas. (BOE-A-2023-14994)
Orden ETD/685/2023, de 21 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la provisión del conjunto de equipamiento activo e infraestructura auxiliar necesaria para la provisión de servicios de comunicaciones móviles con tecnología 5G en zonas donde no existe cobertura móvil 4G con servicio mínimo de 50 Mbps (Programa único 5G redes activas), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 26 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 89784
ayuda, sin perjuicio de las posibles revisiones o modificaciones que pueda adoptar
la CNMC en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior.
Estos precios se actualizarán de conformidad con las modificaciones de los precios
de las ofertas de referencia o la senda decreciente para los precios de itinerancia
nacional, que se han utilizado como referencia en el informe INF/DTSA/041/23 de
la CNMC. Estas actualizaciones también serán de aplicación durante el periodo de dos
años mencionado anteriormente (por ejemplo, porque tras la revisión de la oferta de
referencia los precios sean inferiores a los ofertados por el beneficiario de la ayuda).
Transcurrido el periodo de dos años, el beneficiario de las ayudas comunicará a
la CNMC cualquier modificación de sus precios (que no suponga un mero ajuste a las
ofertas de referencia referidas).
Los beneficiarios de las ayudas deberán remitir a la CNMC sus ofertas de referencia
relativas a las ayudas al despliegue de redes con tecnología 5G con sus precios (que no
podrán superar los que se indican a continuación ni las futuras modificaciones de los
precios de las ofertas de referencia indicadas) y condiciones con el objeto de que
la CNMC pueda supervisar el cumplimiento de la aplicación de los precios, hacer un
seguimiento de los servicios mayoristas ofertados en las ayudas contempladas en esta
Orden y los publique en su página web.
En el cuadro siguiente se incluye el resumen de los precios máximos a aplicar a los
diferentes servicios mayoristas:
SLA: Acuerdo de nivel de servicio.
ORAC: Oferta de Referencia para el Acceso a los Centros emisores de Cellnex
(vigente desde septiembre de 2011 actualizada a enero de 2022).
OBA: Oferta de referencia de acceso al bucle de abonado de Telefónica.
ORLA: Oferta de Referencia de Líneas Alquiladas.
MARCo: Oferta Mayorista de Acceso a Registros y Conductos.
NEBA: Nuevo Servicio Ethernet de Banda Ancha.
IRU: Derecho Irrevocable de Uso.
cve: BOE-A-2023-14994
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 151
Lunes 26 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 89784
ayuda, sin perjuicio de las posibles revisiones o modificaciones que pueda adoptar
la CNMC en virtud de lo dispuesto en el párrafo anterior.
Estos precios se actualizarán de conformidad con las modificaciones de los precios
de las ofertas de referencia o la senda decreciente para los precios de itinerancia
nacional, que se han utilizado como referencia en el informe INF/DTSA/041/23 de
la CNMC. Estas actualizaciones también serán de aplicación durante el periodo de dos
años mencionado anteriormente (por ejemplo, porque tras la revisión de la oferta de
referencia los precios sean inferiores a los ofertados por el beneficiario de la ayuda).
Transcurrido el periodo de dos años, el beneficiario de las ayudas comunicará a
la CNMC cualquier modificación de sus precios (que no suponga un mero ajuste a las
ofertas de referencia referidas).
Los beneficiarios de las ayudas deberán remitir a la CNMC sus ofertas de referencia
relativas a las ayudas al despliegue de redes con tecnología 5G con sus precios (que no
podrán superar los que se indican a continuación ni las futuras modificaciones de los
precios de las ofertas de referencia indicadas) y condiciones con el objeto de que
la CNMC pueda supervisar el cumplimiento de la aplicación de los precios, hacer un
seguimiento de los servicios mayoristas ofertados en las ayudas contempladas en esta
Orden y los publique en su página web.
En el cuadro siguiente se incluye el resumen de los precios máximos a aplicar a los
diferentes servicios mayoristas:
SLA: Acuerdo de nivel de servicio.
ORAC: Oferta de Referencia para el Acceso a los Centros emisores de Cellnex
(vigente desde septiembre de 2011 actualizada a enero de 2022).
OBA: Oferta de referencia de acceso al bucle de abonado de Telefónica.
ORLA: Oferta de Referencia de Líneas Alquiladas.
MARCo: Oferta Mayorista de Acceso a Registros y Conductos.
NEBA: Nuevo Servicio Ethernet de Banda Ancha.
IRU: Derecho Irrevocable de Uso.
cve: BOE-A-2023-14994
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 151