III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Subvenciones. (BOE-A-2023-14993)
Orden CUD/684/2023, de 15 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo Superior de Deportes a Federaciones Deportivas Españolas para proyectos y actuaciones encaminadas a digitalizar el sector deportivo español, financiadas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Lunes 26 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 89709
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
14993
Orden CUD/684/2023, de 15 de junio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo
Superior de Deportes a Federaciones Deportivas Españolas para proyectos y
actuaciones encaminadas a digitalizar el sector deportivo español,
financiadas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
El deporte se erige hoy en día tanto como una actividad enormemente enriquecedora
y generadora de bienestar personal, como un importante instrumento de cohesión social,
un eficaz vehículo para la transmisión de valores y un sólido elemento de impulso
económico, consolidándose durante la crisis sanitaria como una actividad esencial para
los españoles. La contribución de la industria del deporte a la economía española es
del 3,3%.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 15.2 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero,
por el que se reestructuran los departamentos Ministeriales, le corresponde al Ministerio
de Cultura y Deporte, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
deporte.
La Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, en su artículo 14.i) atribuye al
Consejo Superior de Deportes competencia para conceder las subvenciones económicas
que procedan a las Federaciones Deportivas Españolas y demás entidades y
asociaciones deportivas inspeccionando y comprobando la adecuación de las mismas al
cumplimiento de los fines previstos en dicha Ley. De igual forma el artículo 14.s), le
atribuye competencias para apoyar e incentivar la investigación científica y la innovación
en materia deportiva, de conformidad con los criterios establecidos en la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Por su parte el Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el
Estatuto del Consejo Superior de Deportes, atribuye a este organismo competencias
destinadas a desarrollar el mandato constitucional de fomento de la educación física y el
deporte y las que se le atribuyan en la normativa legal y reglamentaria, incluyendo entre
las atribuciones de su Presidencia, el conceder las subvenciones económicas que
procedan con cargo a los presupuestos del organismo.
Tras la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia
internacional provocada por la COVID-19 el 11 de marzo de 2020, los Estados miembros
de la Unión Europea adoptaron con rapidez medidas coordinadas de emergencia para
proteger la salud de la ciudadanía y evitar el colapso de la economía. Estas medidas han
tenido un drástico impacto económico y social en el conjunto de los países de la Unión
Europea, habiendo influido directamente en todos los ámbitos del tejido relacionado con
la actividad deportiva.
Las necesarias medidas de contención acordadas han supuesto un impacto
económico importante, ya que implicaban reducir la actividad económica y social de
forma temporal, restringiendo la movilidad y paralizando la actividad en numerosos
ámbitos, incluido el deporte. Por ello, se han venido adoptando medidas económicas y
sociales que, además de facilitar la adecuada respuesta sanitaria a la emergencia,
permitan garantizar la protección de familias, trabajadores y empresas, y sostener el
tejido productivo y social, minimizando el impacto y facilitando la recuperación de la
actividad económica.
cve: BOE-A-2023-14993
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 151
Lunes 26 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 89709
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
14993
Orden CUD/684/2023, de 15 de junio, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas del Consejo
Superior de Deportes a Federaciones Deportivas Españolas para proyectos y
actuaciones encaminadas a digitalizar el sector deportivo español,
financiadas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
El deporte se erige hoy en día tanto como una actividad enormemente enriquecedora
y generadora de bienestar personal, como un importante instrumento de cohesión social,
un eficaz vehículo para la transmisión de valores y un sólido elemento de impulso
económico, consolidándose durante la crisis sanitaria como una actividad esencial para
los españoles. La contribución de la industria del deporte a la economía española es
del 3,3%.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 15.2 del Real Decreto 2/2020, de 12 de enero,
por el que se reestructuran los departamentos Ministeriales, le corresponde al Ministerio
de Cultura y Deporte, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de
deporte.
La Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, en su artículo 14.i) atribuye al
Consejo Superior de Deportes competencia para conceder las subvenciones económicas
que procedan a las Federaciones Deportivas Españolas y demás entidades y
asociaciones deportivas inspeccionando y comprobando la adecuación de las mismas al
cumplimiento de los fines previstos en dicha Ley. De igual forma el artículo 14.s), le
atribuye competencias para apoyar e incentivar la investigación científica y la innovación
en materia deportiva, de conformidad con los criterios establecidos en la Ley 14/2011,
de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Por su parte el Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, por el que se aprueba el
Estatuto del Consejo Superior de Deportes, atribuye a este organismo competencias
destinadas a desarrollar el mandato constitucional de fomento de la educación física y el
deporte y las que se le atribuyan en la normativa legal y reglamentaria, incluyendo entre
las atribuciones de su Presidencia, el conceder las subvenciones económicas que
procedan con cargo a los presupuestos del organismo.
Tras la declaración por la Organización Mundial de la Salud de la pandemia
internacional provocada por la COVID-19 el 11 de marzo de 2020, los Estados miembros
de la Unión Europea adoptaron con rapidez medidas coordinadas de emergencia para
proteger la salud de la ciudadanía y evitar el colapso de la economía. Estas medidas han
tenido un drástico impacto económico y social en el conjunto de los países de la Unión
Europea, habiendo influido directamente en todos los ámbitos del tejido relacionado con
la actividad deportiva.
Las necesarias medidas de contención acordadas han supuesto un impacto
económico importante, ya que implicaban reducir la actividad económica y social de
forma temporal, restringiendo la movilidad y paralizando la actividad en numerosos
ámbitos, incluido el deporte. Por ello, se han venido adoptando medidas económicas y
sociales que, además de facilitar la adecuada respuesta sanitaria a la emergencia,
permitan garantizar la protección de familias, trabajadores y empresas, y sostener el
tejido productivo y social, minimizando el impacto y facilitando la recuperación de la
actividad económica.
cve: BOE-A-2023-14993
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