III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2023-14871)
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., M.P., y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, O.A., para colaborar en la organización conjunta del encuentro «Retos del Mutualismo Administrativo».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 88774

su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento;
capacidad que mutuamente se reconocen.
EXPONEN
I. Que la UIMP es un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio
propios, dependiente del Ministerio de Universidades, según establece el Real
Decreto 431/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla su estructura orgánica básica,
definido, de acuerdo con lo que establece su Estatuto, como centro universitario de alta
cultura, investigación y especialización en el que convergen actividades de distintos
grados y especialidades universitarias y que tiene como misión promover y difundir la
cultura y la ciencia, así como fomentar relaciones de intercambio e información científica
y cultural de interés internacional e interregional, cooperando cuando ello sea
conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras. El artículo 5
del Estatuto de la UIMP, ya citado, establece que son funciones de la UIMP las de
generación y transmisión del conocimiento en todos sus campos.
II. Que MUFACE es un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio
propios, dependiente del Ministerio de Hacienda y Función Pública a través de la
Secretaría de Estado de Función Pública, según establece el Real Decreto 682/2021,
de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de dicho Ministerio,
a quien corresponde la gestión del sistema del mutualismo administrativo de los
funcionarios civiles del Estado. MUFACE basa su gestión en los principios generales de
eficacia, eficiencia, transparencia y excelencia, propios de una administración moderna,
aprovechando las nuevas tecnologías, y contribuyendo al progreso sostenible del
sistema sanitario español.
III. Que ambas instituciones, dentro de los fines que les son propios, coinciden en
su interés por organizar un encuentro sobre los retos del mutualismo administrativo. El
tema se considera de la máxima actualidad y de incuestionable relevancia social y
académica.
En concreto, se pretende la colaboración mutua de las entidades que lo suscriben
con el fin de realizar un proyecto común, sobre la base de la existencia de un interés
común por ambas partes como es el de introducir el mutualismo administrativo como una
de los campos de difusión y aprendizaje entre el público investigador y especializado.
IV. En esta la colaboración mutua la UIMP mantiene la titularidad de todas las
competencias académicas, el encuentro es aprobado por sus órganos correspondientes
y emite los diplomas y certificaciones según su propia normativa sobre asistencia.
Asimismo, los servicios y gastos que gestiona la UIMP según el convenio se gestionan
completamente de acuerdo con la normativa propia de la UIMP, sin que la otra parte
tenga capacidad para alterar estas condiciones. Asimismo, MUFACE, junto a la UIMP,
participa desde el inicio en el diseño y organización del encuentro, que se promueve
conjuntamente, aportando ambas partes, para alcanzar este proyecto común, medios
materiales, económicos y personales.
V. Se hace constar que el presente convenio queda sometido al régimen jurídico de
convenios previsto en el capítulo VI título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Conscientes de los beneficios de la colaboración mutua y de la suma de esfuerzos y
recursos en una iniciativa conjunta para una mejor consecución del interés general que

cve: BOE-A-2023-14871
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Núm. 149