II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Destinos. (BOE-A-2023-14831)
Resolución de 15 de junio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se prorroga la permanencia del personal docente en las escuelas europeas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Viernes 23 de junio de 2023

Sec. II.A. Pág. 88610

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
14831

Resolución de 15 de junio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
prorroga la permanencia del personal docente en las escuelas europeas.

La Resolución de 23 de noviembre de 2017, de la Subsecretaría del Ministerio de
Educación y Formación Profesional (BOE del 28 de noviembre) y la Resolución de 19 de
noviembre de 2019 de (BOE del 23 de noviembre), por las que se hacían públicas las
convocatorias para la provisión de vacantes de funcionarios docentes en el exterior,
preveían que, a los profesores seleccionados en virtud de las mismas, les sería
prorrogada su permanencia en el exterior de acuerdo con los requisitos y condiciones de
las citadas convocatorias.
Vistas las propuestas formuladas por la Unidad de Educación Educativa en el Exterior,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Prorrogar la permanencia en las Escuelas Europeas a los profesores relacionados en
el anexo de esta Resolución, en los países y períodos que en el mismo se citan, en
régimen de adscripción temporal, para que puedan, conforme a lo dispuesto en los
artículos 29 y 30 del Estatuto de Personal Docente de las Escuelas Europeas, seguir
desempeñando sus funciones en el exterior.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 29 del Estatuto de Personal Docente de
las Escuelas Europeas, no podrán volver a solicitar plazas vacantes en las mismas,
aquellos funcionarios docentes que hayan agotado el plazo de permanencia máximo de
nueve años que establece dicho artículo.
Segundo.
Los derechos y obligaciones de estos profesores se regirán por las bases de las
convocatorias por las que fueron seleccionados y, en todo caso, por la normativa
específica que les pueda afectar en materia de funcionarios docentes en el exterior.

Esta Resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia en cuya circunscripción se dicta el acto originario que se impugna, a
elección, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.i) en relación con la regla segunda del
artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la
publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición,
en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 15 de junio de 2023.–El Subsecretario de Educación y Formación
Profesional, Liborio López García.

cve: BOE-A-2023-14831
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Tercero.