II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-14843)
Resolución de 14 de junio de 2023, de la Universidad de Zaragoza y la Consejería de Sanidad del Gobierno de Aragón, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149
Viernes 23 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 88655
1.9 Los interesados se responsabilizan de la veracidad de los datos que hagan
constar en la solicitud, así como de los que figuren en el currículo y de los que aporten
en la documentación de los méritos correspondientes asumiendo las responsabilidades
que pudieran derivarse de las inexactitudes de los mismos.
1.10 Si lo estiman necesario, los aspirantes que tengan reconocida legalmente una
discapacidad deberán indicarlo en un escrito que se adjuntará a la solicitud en el que
deberán constar las adaptaciones correspondientes que, en su caso, se soliciten, al
objeto de que se pueda garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con
discapacidad y poder adoptar las oportunas medidas de adaptación a sus necesidades.
En este caso, también deberán aportar copia del reconocimiento de la discapacidad de
que se trate.
Si los aspirantes a los que se refiere la presente base no solicitan las adaptaciones
en el momento de presentar la solicitud de participación en el concurso, se entenderá
que no las precisan o que renuncian a ellas sin que pueda plantearse solicitud de las
mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento.
1.11 Las víctimas de violencia de género podrán solicitar la seudonimización de sus
datos identificativos en los términos que recoge el Acuerdo de 29 de junio de 2021 de
Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se establecen medidas de protección
de las mujeres víctimas de la violencia en los procesos selectivos y en la gestión de
listas de espera del personal docente e investigador y personal de administración y
servicios de la Universidad de Zaragoza:
https://recursoshumanos.unizar.es/sites/recursoshumanos.unizar.es/files/
archivos/pdi/Seleccion_Personal/bouz_7-21.pdf
2.
Requisitos de los solicitantes y documentación a presentar
Los aspirantes deberán cumplir los requisitos establecidos en las presentes bases en
el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión.
2.1 Requisitos de carácter general:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Los miembros de familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la
Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán
derecho a una exención total los miembros de familias de la categoría especial y a una
bonificación del 50 por ciento los que fueran de la categoría general. La condición de
familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan
sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo
acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la
cve: BOE-A-2023-14843
Verificable en https://www.boe.es
2.1.1 Los requisitos generales que establecen los artículos 56 y 57 del EBEP para
el acceso al empleo público.
2.1.2 Haber efectuado el pago de treinta y nueve euros con noventa y ocho
céntimos (39,98 euros) en concepto de derechos de participación.
El abono de los derechos de participación se efectuará dentro del plazo de
presentación de solicitudes, desde el mismo formulario de solicitud habilitado para ello,
mediante Terminal de Pago Virtual con tarjeta de débito o de crédito o a través de Bizum.
El pago quedará confirmado electrónicamente en el momento de presentar la solicitud.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de
Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución del importe abonado cuando no se
realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo.
Tendrán exención del pago:
Núm. 149
Viernes 23 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 88655
1.9 Los interesados se responsabilizan de la veracidad de los datos que hagan
constar en la solicitud, así como de los que figuren en el currículo y de los que aporten
en la documentación de los méritos correspondientes asumiendo las responsabilidades
que pudieran derivarse de las inexactitudes de los mismos.
1.10 Si lo estiman necesario, los aspirantes que tengan reconocida legalmente una
discapacidad deberán indicarlo en un escrito que se adjuntará a la solicitud en el que
deberán constar las adaptaciones correspondientes que, en su caso, se soliciten, al
objeto de que se pueda garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con
discapacidad y poder adoptar las oportunas medidas de adaptación a sus necesidades.
En este caso, también deberán aportar copia del reconocimiento de la discapacidad de
que se trate.
Si los aspirantes a los que se refiere la presente base no solicitan las adaptaciones
en el momento de presentar la solicitud de participación en el concurso, se entenderá
que no las precisan o que renuncian a ellas sin que pueda plantearse solicitud de las
mismas en ningún otro momento posterior del procedimiento.
1.11 Las víctimas de violencia de género podrán solicitar la seudonimización de sus
datos identificativos en los términos que recoge el Acuerdo de 29 de junio de 2021 de
Consejo de Gobierno de la Universidad, por el que se establecen medidas de protección
de las mujeres víctimas de la violencia en los procesos selectivos y en la gestión de
listas de espera del personal docente e investigador y personal de administración y
servicios de la Universidad de Zaragoza:
https://recursoshumanos.unizar.es/sites/recursoshumanos.unizar.es/files/
archivos/pdi/Seleccion_Personal/bouz_7-21.pdf
2.
Requisitos de los solicitantes y documentación a presentar
Los aspirantes deberán cumplir los requisitos establecidos en las presentes bases en
el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión.
2.1 Requisitos de carácter general:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento,
debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Los miembros de familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la
Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán
derecho a una exención total los miembros de familias de la categoría especial y a una
bonificación del 50 por ciento los que fueran de la categoría general. La condición de
familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
c) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan
sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo
acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la
cve: BOE-A-2023-14843
Verificable en https://www.boe.es
2.1.1 Los requisitos generales que establecen los artículos 56 y 57 del EBEP para
el acceso al empleo público.
2.1.2 Haber efectuado el pago de treinta y nueve euros con noventa y ocho
céntimos (39,98 euros) en concepto de derechos de participación.
El abono de los derechos de participación se efectuará dentro del plazo de
presentación de solicitudes, desde el mismo formulario de solicitud habilitado para ello,
mediante Terminal de Pago Virtual con tarjeta de débito o de crédito o a través de Bizum.
El pago quedará confirmado electrónicamente en el momento de presentar la solicitud.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de
Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución del importe abonado cuando no se
realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo.
Tendrán exención del pago: