II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. TRIBUNAL DE CUENTAS. Funcionarios de los Subgrupos C1 y C2. (BOE-A-2023-14749)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Jueves 22 de junio de 2023
Segunda.
Sec. II.B. Pág. 88128
Situaciones administrativas de las personas participantes.
2.1 Los/as funcionarios/as en servicio activo deberán permanecer en cada puesto
de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en este
concurso, salvo que se trate de funcionarios/as con puesto de trabajo en el Tribunal de
Cuentas, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública y en el
de supresión de su puesto de trabajo.
2.2 Los/as funcionarios/as en situación de servicio en otras Administraciones
Públicas, de acuerdo con el artículo 88 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, que, después de transcurridos dos años desde su transferencia o traslado,
hayan tomado posesión en un ulterior destino definitivo obtenido voluntariamente, no
podrán participar hasta que hayan transcurrido dos años desde su incorporación al
mismo; todo ello sin perjuicio de eventuales situaciones por causa de remoción, cese o
supresión acaecidas en ese ulterior puesto.
2.3 A los/as funcionarios/as que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala por
promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que
desempeñaban, se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el
Cuerpo o Escala de procedencia, a efectos exclusivos de la permanencia de los dos
años en destino definitivo para poder concursar.
Tercera.
Modelos, plazos y formalidades de la solicitud.
3.1 Las solicitudes para participar en el concurso se dirigirán a la Presidencia del
Tribunal de Cuentas. La presentación deberá realizarse en el plazo de quince días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria
en el «Boletín Oficial del Estado», de forma telemática, a través de la sede electrónica de
la web del Tribunal de Cuentas (https://sede.tcu.es).
Excepcionalmente, si el/la empleado/a no pudiera acceder a la citada modalidad
telemática, las solicitudes podrán presentarse también, ajustándose al modelo que figura
como anexo II de esta resolución, en el Registro General del Tribunal (calle Fuencarral, 81.
28004-Madrid) o, en su caso, en las oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Las solicitudes que se cursen por conducto de las Oficinas de
Correos deberán presentarse en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal
de Correos antes de ser certificadas.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia, sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
3.2 Para participar en el concurso se deberá presentar la siguiente documentación,
ajustada a los modelos que se acompañan:
Los modelos se encuentran también disponibles en la sede electrónica de la web del
Tribunal de Cuentas. Para la cumplimentación de los citados Anexos deberán seguirse
estrictamente las instrucciones que en los mismos se contienen.
El anexo III (Certificado de méritos) deberá ser expedido por la Subdirección de
Recursos Humanos, utilizando necesariamente dicho modelo, y recogerá aquellos
méritos, requisitos y datos imprescindibles que en él se señalan.
Todo ello sin perjuicio de que la Subdirección de Recursos Humanos del Tribunal de
Cuentas pueda solicitar de las personas interesadas la acreditación de aquellos datos y
cve: BOE-A-2023-14749
Verificable en https://www.boe.es
Anexo II. Solicitud de participación.
Anexo III. Certificado de méritos.
Anexo IV. Méritos alegados en relación con el puesto o puestos solicitados.
Núm. 148
Jueves 22 de junio de 2023
Segunda.
Sec. II.B. Pág. 88128
Situaciones administrativas de las personas participantes.
2.1 Los/as funcionarios/as en servicio activo deberán permanecer en cada puesto
de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en este
concurso, salvo que se trate de funcionarios/as con puesto de trabajo en el Tribunal de
Cuentas, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública y en el
de supresión de su puesto de trabajo.
2.2 Los/as funcionarios/as en situación de servicio en otras Administraciones
Públicas, de acuerdo con el artículo 88 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, que, después de transcurridos dos años desde su transferencia o traslado,
hayan tomado posesión en un ulterior destino definitivo obtenido voluntariamente, no
podrán participar hasta que hayan transcurrido dos años desde su incorporación al
mismo; todo ello sin perjuicio de eventuales situaciones por causa de remoción, cese o
supresión acaecidas en ese ulterior puesto.
2.3 A los/as funcionarios/as que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala por
promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que
desempeñaban, se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el
Cuerpo o Escala de procedencia, a efectos exclusivos de la permanencia de los dos
años en destino definitivo para poder concursar.
Tercera.
Modelos, plazos y formalidades de la solicitud.
3.1 Las solicitudes para participar en el concurso se dirigirán a la Presidencia del
Tribunal de Cuentas. La presentación deberá realizarse en el plazo de quince días
hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria
en el «Boletín Oficial del Estado», de forma telemática, a través de la sede electrónica de
la web del Tribunal de Cuentas (https://sede.tcu.es).
Excepcionalmente, si el/la empleado/a no pudiera acceder a la citada modalidad
telemática, las solicitudes podrán presentarse también, ajustándose al modelo que figura
como anexo II de esta resolución, en el Registro General del Tribunal (calle Fuencarral, 81.
28004-Madrid) o, en su caso, en las oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Las solicitudes que se cursen por conducto de las Oficinas de
Correos deberán presentarse en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal
de Correos antes de ser certificadas.
Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una
instancia, sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las
anteriores.
3.2 Para participar en el concurso se deberá presentar la siguiente documentación,
ajustada a los modelos que se acompañan:
Los modelos se encuentran también disponibles en la sede electrónica de la web del
Tribunal de Cuentas. Para la cumplimentación de los citados Anexos deberán seguirse
estrictamente las instrucciones que en los mismos se contienen.
El anexo III (Certificado de méritos) deberá ser expedido por la Subdirección de
Recursos Humanos, utilizando necesariamente dicho modelo, y recogerá aquellos
méritos, requisitos y datos imprescindibles que en él se señalan.
Todo ello sin perjuicio de que la Subdirección de Recursos Humanos del Tribunal de
Cuentas pueda solicitar de las personas interesadas la acreditación de aquellos datos y
cve: BOE-A-2023-14749
Verificable en https://www.boe.es
Anexo II. Solicitud de participación.
Anexo III. Certificado de méritos.
Anexo IV. Méritos alegados en relación con el puesto o puestos solicitados.