III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-14803)
Resolución de 29 de mayo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Huelva, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Jueves 22 de junio de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
14803

Resolución de 29 de mayo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Huelva,
sobre delegación de competencias.

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Huelva, en sesión
celebrada el 30 de marzo de 2023, aprobó la actualización de las delegaciones de
competencias en el Director de la Autoridad Portuaria, incluidas en el capítulo IV de las
vigentes Normas de Gestión y Funcionamiento del Consejo de Administración,
aprobadas por Acuerdo del Consejo de Administración de fecha 2 de octubre de 1998 y
modificadas por acuerdos adoptados en sesiones de fecha 19 de noviembre de 2004, 14
de diciembre de 2011 y 24 de febrero de 2016, en los términos reflejados en el cuerpo de
la propuesta formulada, quedando la referida delegación de competencias actualizada en
los siguientes términos:
B. En el Director de la Autoridad Portuaria:
– Las competencias, actuaciones y funciones concernientes a la recaudación de las
tasas y demás tributos, así como la resolución de los recursos de reposición que
eventualmente se pudieran formular contra dichos actos.
– Autorizar las modificaciones no sustanciales de los títulos de ocupación del
dominio público, cuando éstas se refieran a obras promovidas por los concesionarios.
– Aprobar económicamente las inversiones y gastos de conservación que estén
incluidos en la programación aprobada, y contratar su ejecución, siempre que su cuantía
no exceda los 150.000,00 € y cualesquiera otras inversiones y gastos, hasta el límite
de 15.000,00 € en suministros y servicios y 40.000,00 € en obras.
– Autorizar operaciones de venta o cesión temporal de vehículos, maquinaria y
equipos, que no sean necesarios para la gestión ordinaria de la entidad, por valor, como
máximo, de 60.000,00 €, así como de cualquier otro bien mueble de la Autoridad
Portuaria de Huelva de cuantía no superior a 10.000,00 €.
– Incoar y resolver los expedientes de responsabilidad patrimonial, cuya valoración
económica sea inferior a 60.000,00 €.
– Incoar y resolver los expedientes sancionadores cuya sanción de multa sea inferior
a 1.500,00 €, con independencia de las sanciones accesorias o medidas no
sancionadoras que en la resolución de los mismos se pudiesen adoptar.
– Incoar y resolver los expedientes de abandono, ateniéndose en los casos previstos
a lo establecido por la normativa reguladora de la Policía del Puerto vigente en cada
momento y sin perjuicio, en su caso, de las competencias de otras Administraciones
Públicas.

Huelva, 29 de mayo de 2023.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Huelva,
Manuel Alberto Santana Martínez.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2023-14803
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Del ejercicio de estas delegaciones se dará cuenta al Presidente para su elevación al
Consejo de Administración.