III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2023-14763)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Aralia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Jueves 22 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88217
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
14763
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Aralia.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Aralia.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad mercantil Aralia Servicios
Sociosanitarios, SA, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Valladolid,
don Jesús Martínez-Cortés Gimeno, el 7 de julio de 2022 con el número 2487 de
protocolo, subsanada por otra otorgada ante el mismo notario el 1 de febrero de 2023
protocolo 235.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Ayala, 95, Bajo, 28006,
Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: Cincuenta mil euros (50.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada totalmente según se acredita con certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
Quinto.
Patronos.
Doña Soledad Ulibarri Fernández, doña Adriana Ulibarri Fernández y don Álvaro
Antonio Durán Guillén.
cve: BOE-A-2023-14763
Verificable en https://www.boe.es
La atención, cuidado y asistencia social a personas de la tercera edad, menores,
discapacitados, mujeres y colectivos en situación de exclusión o desamparo social,
desfavorecidos o desprotegidos por cualquier causa, desempleados y desempleados de
larga duración, trabajadores sin cualificación profesional, incluidos procesos de
formación, procurando su bienestar e incorporación en el mercado laboral, favoreciendo
en la medida de lo posible el acceso al mismo, incluyéndose las actuaciones sanitarias
que tiendan al cumplimiento de los fines fundacionales. Se incluyen en los anteriores
fines las actuaciones relativas a la protección de la salud, al cuidado y atención
asistencial de personas.
La conservación, mantenimiento y rehabilitación de bienes inmuebles y patrimonio,
cuando sean bienes de interés cultural y la defensa del medio ambiente.
Núm. 148
Jueves 22 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88217
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
14763
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Aralia.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Aralia.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad mercantil Aralia Servicios
Sociosanitarios, SA, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Valladolid,
don Jesús Martínez-Cortés Gimeno, el 7 de julio de 2022 con el número 2487 de
protocolo, subsanada por otra otorgada ante el mismo notario el 1 de febrero de 2023
protocolo 235.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Ayala, 95, Bajo, 28006,
Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: Cincuenta mil euros (50.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
desembolsada totalmente según se acredita con certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
Quinto.
Patronos.
Doña Soledad Ulibarri Fernández, doña Adriana Ulibarri Fernández y don Álvaro
Antonio Durán Guillén.
cve: BOE-A-2023-14763
Verificable en https://www.boe.es
La atención, cuidado y asistencia social a personas de la tercera edad, menores,
discapacitados, mujeres y colectivos en situación de exclusión o desamparo social,
desfavorecidos o desprotegidos por cualquier causa, desempleados y desempleados de
larga duración, trabajadores sin cualificación profesional, incluidos procesos de
formación, procurando su bienestar e incorporación en el mercado laboral, favoreciendo
en la medida de lo posible el acceso al mismo, incluyéndose las actuaciones sanitarias
que tiendan al cumplimiento de los fines fundacionales. Se incluyen en los anteriores
fines las actuaciones relativas a la protección de la salud, al cuidado y atención
asistencial de personas.
La conservación, mantenimiento y rehabilitación de bienes inmuebles y patrimonio,
cuando sean bienes de interés cultural y la defensa del medio ambiente.