III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-14801)
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Castellón, sobre delegación de competencias.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148
Jueves 22 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88449
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
14801
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Castellón,
sobre delegación de competencias.
El artículo 33.2.a) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011 de 5 de septiembre (en
adelante TRLPEMM), establece que le corresponde al Director «la dirección y gestión
ordinaria de la entidad y de sus servicios, con arreglo a las directrices generales que
reciba de los órganos de gobierno de la Autoridad Portuaria, así como la elevación al
Presidente de la propuesta de la estructura orgánica de la entidad».
A la vista de dicho artículo, se entiende que la tramitación de los expedientes
administrativos de gestión de ayudas y proyectos de innovación, son funciones de
gestión ordinaria, por lo que éstas corresponden a la Dirección de la Autoridad Portuaria.
Así pues, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP), teniendo en
cuenta que no concurre ninguna de las excepciones previstas en el artículo 9.2 de la
LRJSP y, a los efectos de lograr una mayor funcionalidad, se acuerda:
– Delegar en la persona que ostente la Jefatura de Innovación la tramitación de los
expedientes administrativos de gestión de ayudas y proyectos de innovación.
El presente acuerdo será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (en adelante
BOE) para general y público conocimiento de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9.3 de la LRJSP, y producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación
en el BOE.
En cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias
delegadas por la presente Resolución se hará constar expresamente tal circunstancia
mediante la mención de esta resolución y de su fecha de publicación en el BOE.
cve: BOE-A-2023-14801
Verificable en https://www.boe.es
Castellón, 22 de mayo de 2023.–El Director de la Autoridad Portuaria de Castellón,
José María Gómez Fuster.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 148
Jueves 22 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 88449
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
14801
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Autoridad Portuaria de Castellón,
sobre delegación de competencias.
El artículo 33.2.a) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011 de 5 de septiembre (en
adelante TRLPEMM), establece que le corresponde al Director «la dirección y gestión
ordinaria de la entidad y de sus servicios, con arreglo a las directrices generales que
reciba de los órganos de gobierno de la Autoridad Portuaria, así como la elevación al
Presidente de la propuesta de la estructura orgánica de la entidad».
A la vista de dicho artículo, se entiende que la tramitación de los expedientes
administrativos de gestión de ayudas y proyectos de innovación, son funciones de
gestión ordinaria, por lo que éstas corresponden a la Dirección de la Autoridad Portuaria.
Así pues, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante LRJSP), teniendo en
cuenta que no concurre ninguna de las excepciones previstas en el artículo 9.2 de la
LRJSP y, a los efectos de lograr una mayor funcionalidad, se acuerda:
– Delegar en la persona que ostente la Jefatura de Innovación la tramitación de los
expedientes administrativos de gestión de ayudas y proyectos de innovación.
El presente acuerdo será publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (en adelante
BOE) para general y público conocimiento de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 9.3 de la LRJSP, y producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación
en el BOE.
En cuantas resoluciones sean adoptadas en el ejercicio de las competencias
delegadas por la presente Resolución se hará constar expresamente tal circunstancia
mediante la mención de esta resolución y de su fecha de publicación en el BOE.
cve: BOE-A-2023-14801
Verificable en https://www.boe.es
Castellón, 22 de mayo de 2023.–El Director de la Autoridad Portuaria de Castellón,
José María Gómez Fuster.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X