III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2023-14796)
Resolución de 14 de junio de 2023, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 148

Jueves 22 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 88403

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
14796

Resolución de 14 de junio de 2023, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros
Técnicos Industriales de Aragón.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de
Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón un Convenio de colaboración en
materia de Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de
dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 14 de junio de 2023.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales
de Aragón, en materia de Gestión Catastral
En Madrid y Zaragoza, a trece de junio del año dos mil veintitrés.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don Enrique Zaro Giménez, Decano del Colegio Oficial de Peritos e
Ingenieros Técnicos Industriales de Aragón, proclamado electo en la Junta General
Ordinaria de 28 de febrero de 2023, que ostenta la representación del Colegio, en virtud
del artículo 28 de sus Estatutos, cuya inscripción en el Registro de Colegios
Profesionales y de Consejos de Colegios de Aragón se dispone por Orden de 9 de
septiembre de 2014, del Consejero de Política Territorial e Interior de Aragón.
EXPONEN

El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración que
se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que
se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y en el
Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica

cve: BOE-A-2023-14796
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Primero.