III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2023-14720)
Resolución de 19 de junio de 2023, del Director General de Ordenación Pesquera y Acuicultura, por la que se prohíbe temporalmente la pesca, tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo («Thunnus thynnus») para la modalidad de pesca deportiva y recreativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 87558
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
14720
Resolución de 19 de junio de 2023, del Director General de Ordenación
Pesquera y Acuicultura, por la que se prohíbe temporalmente la pesca,
tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo («Thunnus
thynnus») para la modalidad de pesca deportiva y recreativa.
Al amparo del Real Decreto 46/2019, de 8 de febrero, por el que se regula la
pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo, la Resolución de la
Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación
del plan de recuperación del atún rojo en el Atlántico Oriental y en el mar Mediterráneo
para 2023, de fecha 28 de abril de 2023, reserva una cuota de atún rojo (Thunnus
thynnus) para la pesca deportiva y recreativa para la temporada de 2023.
Según los datos de que dispone esta Secretaría General de Pesca, la cuota
de 37.832,25 kg atribuida para la pesca deportiva y recreativa de las listas 6.ª y 7.ª del
Registro de Buques, se encuentra próxima a su agotamiento, por lo que procede realizar
una parada técnica de control, hasta conocer la situación real de los datos de captura.
De acuerdo con lo establecido en el epígrafe sexto de la citada resolución, el cierre
temporal de la pesquería se realizará por resolución del Director General de Ordenación
Pesquera y Acuicultura, que será publicada en la página web del departamento.
En su virtud, y por medio de la presente, se acuerda la prohibición de la pesca,
tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo (Thunnus thynnus) para la
modalidad de pesca deportiva y recreativa, a partir de las 00:00 horas del día 21 de junio
de 2023, sin perjuicio del posterior levantamiento de la prohibición o su confirmación
mediante resolución por la que se acuerde el cierre definitivo de la pesquería.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la
Secretaria General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en los
términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2023-14720
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 19 de junio de 2023.–El Director General de Ordenación Pesquera y
Acuicultura, Juan Ignacio Gandarias Serrano.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 87558
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
14720
Resolución de 19 de junio de 2023, del Director General de Ordenación
Pesquera y Acuicultura, por la que se prohíbe temporalmente la pesca,
tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo («Thunnus
thynnus») para la modalidad de pesca deportiva y recreativa.
Al amparo del Real Decreto 46/2019, de 8 de febrero, por el que se regula la
pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo, la Resolución de la
Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las disposiciones de aplicación
del plan de recuperación del atún rojo en el Atlántico Oriental y en el mar Mediterráneo
para 2023, de fecha 28 de abril de 2023, reserva una cuota de atún rojo (Thunnus
thynnus) para la pesca deportiva y recreativa para la temporada de 2023.
Según los datos de que dispone esta Secretaría General de Pesca, la cuota
de 37.832,25 kg atribuida para la pesca deportiva y recreativa de las listas 6.ª y 7.ª del
Registro de Buques, se encuentra próxima a su agotamiento, por lo que procede realizar
una parada técnica de control, hasta conocer la situación real de los datos de captura.
De acuerdo con lo establecido en el epígrafe sexto de la citada resolución, el cierre
temporal de la pesquería se realizará por resolución del Director General de Ordenación
Pesquera y Acuicultura, que será publicada en la página web del departamento.
En su virtud, y por medio de la presente, se acuerda la prohibición de la pesca,
tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo (Thunnus thynnus) para la
modalidad de pesca deportiva y recreativa, a partir de las 00:00 horas del día 21 de junio
de 2023, sin perjuicio del posterior levantamiento de la prohibición o su confirmación
mediante resolución por la que se acuerde el cierre definitivo de la pesquería.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la
Secretaria General de Pesca del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en los
términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
cve: BOE-A-2023-14720
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 19 de junio de 2023.–El Director General de Ordenación Pesquera y
Acuicultura, Juan Ignacio Gandarias Serrano.
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