III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2023-14717)
Resolución de 13 de junio de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación de Empresarios del Textil de la Comunidad Valenciana, para la organización de dos misiones inversas de compradores y de prescriptores de opinión del sector textil hogar, a celebrar en Valencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. III. Pág. 87540
del Sector Público, y, por tanto, se regirá por sus propias cláusulas, aplicándose los
principios de dicha norma para resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse en
su interpretación y ejecución.
Decimoquinta.
Jurisdicción y resolución de controversias.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente convenio deberá solventarse de mutuo acuerdo entre las Partes,
a través de la Comisión de Seguimiento. En caso de no alcanzarse un acuerdo en sede
de comisión, las Partes acuerdan someter las controversias surgidas a la jurisdicción
Contencioso-administrativa de los Juzgados y Tribunales que correspondan.
Decimosexta.
Igualdad efectiva de mujeres y hombres.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación nacional, en la iniciativa del
Parlamento Europeo así como en la normativa interna de ICEX para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres y promover la visibilidad de mujeres expertas y aumentar su
participación en paneles, conferencias, seminarios, debates y actividades de
comunicación, las Partes acuerdan que se velará por mantener un equilibrio de mujeres
y hombres en aquellas actividades que conlleven la organización de paneles,
conferencias, seminarios, debates, actividades de comunicación, mesas o intervenciones
que se programen en el marco de las Misiones Inversas previstas en el presente
convenio, evitándose, en todo caso, la presencia exclusiva de mujeres o de hombres.
cve: BOE-A-2023-14717
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman el presente convenio en Madrid, en la fecha indicada al principio del
convenio, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del
último firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera
Delegada, María Peña Mateos.–Por la Asociación de Empresarios del Textil de la
Comunidad Valenciana, el Presidente, José Vicente Serna Revert.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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del Sector Público, y, por tanto, se regirá por sus propias cláusulas, aplicándose los
principios de dicha norma para resolver las dudas y lagunas que pudieran suscitarse en
su interpretación y ejecución.
Decimoquinta.
Jurisdicción y resolución de controversias.
La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente convenio deberá solventarse de mutuo acuerdo entre las Partes,
a través de la Comisión de Seguimiento. En caso de no alcanzarse un acuerdo en sede
de comisión, las Partes acuerdan someter las controversias surgidas a la jurisdicción
Contencioso-administrativa de los Juzgados y Tribunales que correspondan.
Decimosexta.
Igualdad efectiva de mujeres y hombres.
De conformidad con lo dispuesto en la legislación nacional, en la iniciativa del
Parlamento Europeo así como en la normativa interna de ICEX para la igualdad efectiva
de mujeres y hombres y promover la visibilidad de mujeres expertas y aumentar su
participación en paneles, conferencias, seminarios, debates y actividades de
comunicación, las Partes acuerdan que se velará por mantener un equilibrio de mujeres
y hombres en aquellas actividades que conlleven la organización de paneles,
conferencias, seminarios, debates, actividades de comunicación, mesas o intervenciones
que se programen en el marco de las Misiones Inversas previstas en el presente
convenio, evitándose, en todo caso, la presencia exclusiva de mujeres o de hombres.
cve: BOE-A-2023-14717
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Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman el presente convenio en Madrid, en la fecha indicada al principio del
convenio, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del
último firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera
Delegada, María Peña Mateos.–Por la Asociación de Empresarios del Textil de la
Comunidad Valenciana, el Presidente, José Vicente Serna Revert.
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