I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Plantas de vivero de frutales. Plantas ornamentales. Reglamento. (BOE-A-2023-14680)
Real Decreto 525/2023, de 20 de junio, por el que se modifican el Real Decreto 929/1995, de 9 de junio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de plantas de vivero de frutales, y el Real Decreto 200/2000, de 11 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control de la producción y comercialización de los materiales de reproducción de las plantas ornamentales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 87326
Erwinia amylovora (Burrill) Winslow et al., así como todas las plantas
hospedadoras de las inmediaciones.
d) Categoría certificada.
Muestreo y ensayo.
Una porción representativa de las plantas madre certificadas que se hayan
mantenido en instalaciones a prueba de insectos será objeto de muestreo y
ensayo cada quince años en relación con la presencia de Candidatus
Phytoplasma mali Seemüller & Schneider.
Una porción representativa de las plantas madre certificadas que no se hayan
mantenido en instalaciones a prueba de insectos será objeto de muestreo y
ensayo cada cinco años en relación con la presencia de Candidatus Phytoplasma
mali Seemüller & Schneider; una porción representativa de las plantas madre
certificadas será objeto de muestreo y ensayo cada quince años, sobre la base de
una evaluación del riesgo de infección de dichas plantas, en relación con la
presencia de las plagas reguladas no cuarentenarias enumeradas en el anexo II
distintas de Candidatus Phytoplasma mali Seemüller & Schneider y distintas de las
enfermedades similares a las víricas y de los viroides, así como en caso de dudas
relativas a la presencia de las plagas reguladas no cuarentenarias enumeradas en
el anexo I.
Los plantones de frutal certificados serán objeto de muestreo y ensayo en caso
de dudas relativas a la presencia de las plagas reguladas no cuarentenarias
enumeradas en los anexos I y II.
Requisitos relativos al sitio de producción, el lugar de producción o el área.
i) Candidatus Phytoplasma mali Seemüller & Schneider.
ii)
Erwinia amylovora (Burrill) Winslow et al.
– Los materiales de reproducción y los plantones de frutal de la categoría
certificada se producirán en áreas de las que se tenga constancia que están libres
de Erwinia amylovora (Burrill) Winslow et al., o
– Durante la última temporada de crecimiento completa, se habrán
inspeccionado los materiales de reproducción y los plantones de frutal de la
categoría certificada en el sitio de producción, y se habrán arrancado y destruido
inmediatamente todos los materiales de reproducción y los plantones de frutal que
cve: BOE-A-2023-14680
Verificable en https://www.boe.es
– Los materiales de reproducción y los plantones de la categoría certificada se
producirán en áreas de las que se tenga constancia que están libres de
Candidatus Phytoplasma mali Seemüller & Schneider, o
– Durante la última temporada de crecimiento completa, no se habrán
observado síntomas de Candidatus Phytoplasma mali Seemüller & Schneider en
los materiales de reproducción y los plantones de la categoría certificada del sitio
de producción, y se habrán arrancado y destruido inmediatamente todas las
plantas sintomáticas de las inmediaciones, o
– Durante la última temporada de crecimiento completa, no se habrán
observado síntomas de Candidatus Phytoplasma mali Seemüller & Schneider en
más del 2 % de los materiales de reproducción y los plantones de frutal de la
categoría certificada en el sitio de producción, se habrán arrancado y destruido
inmediatamente esos materiales y plantones, así como todos los vegetales
sintomáticos de las inmediaciones, y se habrá sometido a ensayo una muestra
representativa de los materiales de reproducción y los plantones de frutal
asintomáticos que quedaran en los lotes en los que se encontraron los materiales
y los plantones sintomáticos; deberá constatarse que esta muestra está libre de
Candidatus Phytoplasma mali Seemüller & Schneider;
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. I. Pág. 87326
Erwinia amylovora (Burrill) Winslow et al., así como todas las plantas
hospedadoras de las inmediaciones.
d) Categoría certificada.
Muestreo y ensayo.
Una porción representativa de las plantas madre certificadas que se hayan
mantenido en instalaciones a prueba de insectos será objeto de muestreo y
ensayo cada quince años en relación con la presencia de Candidatus
Phytoplasma mali Seemüller & Schneider.
Una porción representativa de las plantas madre certificadas que no se hayan
mantenido en instalaciones a prueba de insectos será objeto de muestreo y
ensayo cada cinco años en relación con la presencia de Candidatus Phytoplasma
mali Seemüller & Schneider; una porción representativa de las plantas madre
certificadas será objeto de muestreo y ensayo cada quince años, sobre la base de
una evaluación del riesgo de infección de dichas plantas, en relación con la
presencia de las plagas reguladas no cuarentenarias enumeradas en el anexo II
distintas de Candidatus Phytoplasma mali Seemüller & Schneider y distintas de las
enfermedades similares a las víricas y de los viroides, así como en caso de dudas
relativas a la presencia de las plagas reguladas no cuarentenarias enumeradas en
el anexo I.
Los plantones de frutal certificados serán objeto de muestreo y ensayo en caso
de dudas relativas a la presencia de las plagas reguladas no cuarentenarias
enumeradas en los anexos I y II.
Requisitos relativos al sitio de producción, el lugar de producción o el área.
i) Candidatus Phytoplasma mali Seemüller & Schneider.
ii)
Erwinia amylovora (Burrill) Winslow et al.
– Los materiales de reproducción y los plantones de frutal de la categoría
certificada se producirán en áreas de las que se tenga constancia que están libres
de Erwinia amylovora (Burrill) Winslow et al., o
– Durante la última temporada de crecimiento completa, se habrán
inspeccionado los materiales de reproducción y los plantones de frutal de la
categoría certificada en el sitio de producción, y se habrán arrancado y destruido
inmediatamente todos los materiales de reproducción y los plantones de frutal que
cve: BOE-A-2023-14680
Verificable en https://www.boe.es
– Los materiales de reproducción y los plantones de la categoría certificada se
producirán en áreas de las que se tenga constancia que están libres de
Candidatus Phytoplasma mali Seemüller & Schneider, o
– Durante la última temporada de crecimiento completa, no se habrán
observado síntomas de Candidatus Phytoplasma mali Seemüller & Schneider en
los materiales de reproducción y los plantones de la categoría certificada del sitio
de producción, y se habrán arrancado y destruido inmediatamente todas las
plantas sintomáticas de las inmediaciones, o
– Durante la última temporada de crecimiento completa, no se habrán
observado síntomas de Candidatus Phytoplasma mali Seemüller & Schneider en
más del 2 % de los materiales de reproducción y los plantones de frutal de la
categoría certificada en el sitio de producción, se habrán arrancado y destruido
inmediatamente esos materiales y plantones, así como todos los vegetales
sintomáticos de las inmediaciones, y se habrá sometido a ensayo una muestra
representativa de los materiales de reproducción y los plantones de frutal
asintomáticos que quedaran en los lotes en los que se encontraron los materiales
y los plantones sintomáticos; deberá constatarse que esta muestra está libre de
Candidatus Phytoplasma mali Seemüller & Schneider;