II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Carrera Judicial. (BOE-A-2023-14696)
Acuerdo de 15 de junio de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas para tomar parte en el proceso selectivo convocado por Acuerdo de 8 de febrero de 2023, para la provisión de plazas, entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en materias propias del orden jurisdiccional social, para el acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado/a.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 87429
Cuarto.
Quienes figuren en la relación de excluidos podrán interponer contra este acuerdo
recurso potestativo de reposición, ante la Comisión Permanente del Consejo General del
Poder Judicial, en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la
Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En el caso en que se
interponga recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido
la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 15 de junio de 2023.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
P. S., el Vocal, Rafael Mozo Muelas.
ANEXO
Relación de personas aspirantes definitivamente excluidas para tomar parte en las
pruebas selectivas para la provisión de quince plazas entre juristas de reconocida
competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias
de los órganos del orden jurisdiccional social, para el acceso a la Carrera Judicial
por la categoría de Magistrado/a, convocadas por Acuerdo de 8 de febrero de 2023,
de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial
(1)
G
G, H
H
C, E.3, H
Apellidos y nombre
NIF
(2)
(3)
***1219**
G
L
Pérez Lacueva, Laura Teresa. ***6877**
G
L
Pérez Martín, Raquel.
***9703**
G
D
Puig de Carrasco, Joaquín.
***3348**
G
L
***5861**
G
L
Barroso Pellico, José María.
E.1, E.3, G, H, I Salamanca García, Antonio.
(4)
Sí
(1) Causa de exclusión.
(2) Turno de participación (G: General; LAJ: Reserva para Letrados de la
Administración de Justicia).
(3) Turno: L (libre), D (personas con discapacidad).
(4) Solicita adaptación.
A. Presentar la solicitud de participación fuera de plazo.
B. No aportar fotocopia del DNI en el supuesto de que no haya prestado su
consentimiento para acceder a los sistemas de verificación de datos de identidad.
C. No reunir o no justificar los años de servicio como jurista en los términos
exigidos en la convocatoria (no aportar certificado del Consejo General de la Abogacía,
del Colegio de Abogados correspondiente, de la Secretaría de Gobierno del Tribunal
Superior de Justicia o de la autoridad competente en el caso de los funcionarios).
D. No presentar el modelo de solicitud normalizado, de acuerdo con las
indicaciones recogidas en la convocatoria.
E. No haber abonado la tasa por derecho de examen o no acreditar debidamente el
derecho a la exención de la tasa:
E.1 No acreditar la ausencia de rechazo de oferta de empleo adecuado ni la
negativa a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales
en los términos exigidos en la convocatoria.
cve: BOE-A-2023-14696
Verificable en https://www.boe.es
Codificación de las causas de exclusión:
Núm. 147
Miércoles 21 de junio de 2023
Sec. II.B. Pág. 87429
Cuarto.
Quienes figuren en la relación de excluidos podrán interponer contra este acuerdo
recurso potestativo de reposición, ante la Comisión Permanente del Consejo General del
Poder Judicial, en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la
Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses, contados desde el día
siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En el caso en que se
interponga recurso de reposición, no se podrá interponer el recurso contenciosoadministrativo hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido
la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 15 de junio de 2023.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
P. S., el Vocal, Rafael Mozo Muelas.
ANEXO
Relación de personas aspirantes definitivamente excluidas para tomar parte en las
pruebas selectivas para la provisión de quince plazas entre juristas de reconocida
competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias
de los órganos del orden jurisdiccional social, para el acceso a la Carrera Judicial
por la categoría de Magistrado/a, convocadas por Acuerdo de 8 de febrero de 2023,
de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial
(1)
G
G, H
H
C, E.3, H
Apellidos y nombre
NIF
(2)
(3)
***1219**
G
L
Pérez Lacueva, Laura Teresa. ***6877**
G
L
Pérez Martín, Raquel.
***9703**
G
D
Puig de Carrasco, Joaquín.
***3348**
G
L
***5861**
G
L
Barroso Pellico, José María.
E.1, E.3, G, H, I Salamanca García, Antonio.
(4)
Sí
(1) Causa de exclusión.
(2) Turno de participación (G: General; LAJ: Reserva para Letrados de la
Administración de Justicia).
(3) Turno: L (libre), D (personas con discapacidad).
(4) Solicita adaptación.
A. Presentar la solicitud de participación fuera de plazo.
B. No aportar fotocopia del DNI en el supuesto de que no haya prestado su
consentimiento para acceder a los sistemas de verificación de datos de identidad.
C. No reunir o no justificar los años de servicio como jurista en los términos
exigidos en la convocatoria (no aportar certificado del Consejo General de la Abogacía,
del Colegio de Abogados correspondiente, de la Secretaría de Gobierno del Tribunal
Superior de Justicia o de la autoridad competente en el caso de los funcionarios).
D. No presentar el modelo de solicitud normalizado, de acuerdo con las
indicaciones recogidas en la convocatoria.
E. No haber abonado la tasa por derecho de examen o no acreditar debidamente el
derecho a la exención de la tasa:
E.1 No acreditar la ausencia de rechazo de oferta de empleo adecuado ni la
negativa a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales
en los términos exigidos en la convocatoria.
cve: BOE-A-2023-14696
Verificable en https://www.boe.es
Codificación de las causas de exclusión: