II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Carrera Judicial. (BOE-A-2023-14697)
Acuerdo de 15 de junio de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas y excluidas para tomar parte en el proceso selectivo convocado por Acuerdo de 8 de febrero de 2023, para la provisión de plazas, entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en materias propias del orden jurisdiccional civil, del orden penal o de los órganos con jurisdicción compartida, para el acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado/a.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147

Miércoles 21 de junio de 2023

Sec. II.B. Pág. 87434

cve: BOE-A-2023-14697
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F. No haber firmado la solicitud.
G No presentar los méritos en el formato previsto en la parte primera, base tercera,
de la convocatoria: Presentación de la solicitud on-line sin documentación adjunta o
presentación de la solicitud presencial con soportes digitales (USB) defectuosos
(dispositivos vacíos o con archivos ilegibles o defectuosos) o sin ajustarse a las
instrucciones indicadas en la página web.poderjudicial.es. La subsanación de esta sola
causa no prejuzga el cumplimiento del resto de requisitos que no hayan podido
comprobarse.
H. Haber presentado, simultáneamente, dos solicitudes para varias de las
convocatorias del mismo turno y de la misma fecha de publicación para el acceso a la
carrera judicial por el turno de juristas de reconocida competencia. La subsanación debe
indicar expresamente el orden jurisdiccional por el que se opta y la renuncia a cualquier
otra solicitud que sea incompatible.
I. No acreditar estar en posesión del título exigido en la convocatoria.
J. No poseer la nacionalidad española.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X