III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-14666)
Resolución de 8 de junio de 2023, de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P., sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146

Martes 20 de junio de 2023

Sec. III. Pág. 87123

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
14666

Resolución de 8 de junio de 2023, de la E.P.E. Instituto para la Diversificación
y Ahorro de la Energía, M.P., sobre delegación de competencias.

El artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
establece que, en las entidades públicas vinculadas o dependientes de la Administración
General del Estado, cualquiera que sea el régimen jurídico a que hayan de sujetar su
actuación, sus presidentes o directores son los órganos competentes para conceder
subvenciones, en sus respectivos ámbitos, previa consignación presupuestaria para este
fin.
En este contexto, la persona titular de la Presidencia de este Instituto es el órgano
competente para conceder las subvenciones gestionadas por el mismo, siendo también
el órgano competente para resolver las eventuales solicitudes de modificación de tales
resoluciones, cuando las bases reguladoras correspondientes así lo hayan establecido.
Actualmente este Instituto ha visto incrementada exponencialmente la concesión de
subvenciones derivadas de los numerosos programas de ayudas puestos en marcha.
Estos actos de concesión pueden modificarse debido a determinadas circunstancias
previstas por sus bases reguladoras, por lo que, para lograr la máxima agilidad,
eficiencia, coordinación, y tramitación de tales modificaciones, se ha considerado
proceder a la presente delegación de competencias para resolver determinadas
solicitudes de modificación de las resoluciones de concesión de subvención
correspondientes.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo con la aprobación
previa del Consejo de Administración, resuelvo:
Primero.
Delegar en la persona titular de la Dirección General de E.P.E. Instituto para la
Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P. (IDAE), la competencia para resolver las
solicitudes de modificación de resoluciones de concesión de subvenciones otorgadas por
esta presidencia, en el ámbito de los programas y convocatorias cuya concesión de
subvenciones le corresponda, y de acuerdo con lo previsto al respecto en las
correspondientes bases reguladoras, siempre que la cuantía de la subvención
considerada unitariamente, a la que afecte la resolución de modificación solicitada, no
supere la cuantía establecida en el artículo 7.3 del Estatuto de este Instituto, aprobado
por Real Decreto 18/2014, de 17 de enero.

En todas las resoluciones y actos que se realicen en virtud de la delegación de
competencias regulada en la presente resolución deberá indicarse expresamente esta
circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
La delegación que se establece en la presente resolución podrá ser revocada en
cualquier momento por el órgano delegante e igualmente éste podrá avocar para sí el
conocimiento y resolución de cualquier asunto.

cve: BOE-A-2023-14666
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.